Consejería De Educación Y Empleo. Inserción Laboral. (2023050154)
Orden de 13 de junio de 2023 por la que se regula el procedimiento de realización de las pruebas de evaluación que acrediten la adquisición de las competencias clave necesarias para el acceso a los certificados de profesionalidad de cualificación profesional nivel 2 y 3 en Extremadura.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 117
38531
Martes 20 de junio de 2023
A fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, la norma se ejerce de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, citado en los párrafos anteriores, para generar un
marco normativo estable, integrado, claro y de certidumbre, cumpliendo las exigencias que
derivan de los principios de jerarquía normativa y de competencia.
En la presente orden se establecen la organización y realización de las pruebas, su estructura
básica y contenidos sobre los que versan, las convocatorias, y el procedimiento de admisión
a las mismas, detallando los requisitos que habrán de cumplir las personas participantes.
Asimismo, se establecen la composición y actuaciones de las comisiones evaluadoras y se determinan los procedimientos de reclamación y de certificación de haber superado las pruebas
de competencias clave.
En virtud de lo expuesto, por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.f)
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. L
a presente orden tiene por objeto regular el procedimiento de realización de las pruebas
de evaluación de las competencias clave necesarias para el acceso a la formación de los
certificados de profesionalidad de cualificación profesional de nivel 2 y 3, dirigidas a personas que carecen de las titulaciones o acreditaciones exigidas por el artículo 20 del Real
Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.
2. E
l ámbito de aplicación de la presente orden es el de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Artículo 2. Finalidad y efecto de las pruebas.
Las pruebas que se regulan en la presente orden tienen como finalidad valorar que las personas inscritas en las mismas tienen adquiridas y desarrolladas las competencias clave necesarias, de acuerdo con lo recogido en el anexo I de esta orden, para cursar con aprovechamiento
la formación correspondiente a los certificados de profesionalidad de cualificación profesional
de nivel 2 y 3.
38531
Martes 20 de junio de 2023
A fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, la norma se ejerce de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, citado en los párrafos anteriores, para generar un
marco normativo estable, integrado, claro y de certidumbre, cumpliendo las exigencias que
derivan de los principios de jerarquía normativa y de competencia.
En la presente orden se establecen la organización y realización de las pruebas, su estructura
básica y contenidos sobre los que versan, las convocatorias, y el procedimiento de admisión
a las mismas, detallando los requisitos que habrán de cumplir las personas participantes.
Asimismo, se establecen la composición y actuaciones de las comisiones evaluadoras y se determinan los procedimientos de reclamación y de certificación de haber superado las pruebas
de competencias clave.
En virtud de lo expuesto, por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.f)
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. L
a presente orden tiene por objeto regular el procedimiento de realización de las pruebas
de evaluación de las competencias clave necesarias para el acceso a la formación de los
certificados de profesionalidad de cualificación profesional de nivel 2 y 3, dirigidas a personas que carecen de las titulaciones o acreditaciones exigidas por el artículo 20 del Real
Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.
2. E
l ámbito de aplicación de la presente orden es el de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Artículo 2. Finalidad y efecto de las pruebas.
Las pruebas que se regulan en la presente orden tienen como finalidad valorar que las personas inscritas en las mismas tienen adquiridas y desarrolladas las competencias clave necesarias, de acuerdo con lo recogido en el anexo I de esta orden, para cursar con aprovechamiento
la formación correspondiente a los certificados de profesionalidad de cualificación profesional
de nivel 2 y 3.