Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas. (2023040100)
Decreto 57/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups.
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NÚMERO 116
Lunes 19 de junio de 2023

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autorización para efectuar determinados cambios en el proyecto conforme a lo establecido
en este artículo, el órgano concedente de la subvención podrá aceptar la justificación presentada con modificaciones no autorizadas previamente, siempre y cuando tal aceptación
no suponga dañar derechos de terceros. Todo ello, sin perjuicio de las sanciones que puedan corresponder por este incumplimiento, de acuerdo con la 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
7. Será competente el mismo órgano que concedió la subvención, para resolver sobre las modificaciones a las que se refiere el apartado 4 de este artículo y, asimismo, cuando proceda
denegar la modificación comunicada de acuerdo con lo indicado en apartado 5.
8. U
 na vez concedida la subvención e iniciada la ejecución del proyecto no afectará a la subvención, salvo en lo relativo a la intensidad de ayuda aplicable, en su caso; el hecho de
que la pyme beneficiaria pueda sufrir variación en su denominación social, en cuanto a su
personalidad jurídica o como consecuencia modificaciones estructurales como la fusión por
absorción, escisión o transmisión de rama de actividad, y siempre que por dichas modificaciones no pierda la categoría de pyme.
Cuando la pyme beneficiaria se vea afectada por las modificaciones referidas en el párrafo
anterior, la nueva pyme, la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria
de la escisión o la adquirente de la rama de actividad, deberá tener plena capacidad de
obrar, mantener la categoría de pyme, no estar incursas en prohibición para ser beneficiaria de la subvención y cumplir el resto de requisitos exigidos en este decreto para ser
beneficiaria de la ayuda La nueva empresa tendrá que subrogarse, mediante escritura pública, en los derechos y obligaciones que correspondían a la anterior empresa beneficiaria.
9. Los cambios que sean admitidos sobre el proyecto que se aprobó en la resolución de concesión no conllevarán, en ningún caso, el derecho de la pyme beneficiaria a percibir un
importe de subvención superior al que se concedió inicialmente.
Artículo 19. Justificación parcial de la ayuda.
1. D
 urante la realización del proyecto, la pyme beneficiaria deberá presentar una justificación
parcial sobre su ejecución.
2. L
 a documentación exigida para cumplir el trámite de justificación parcial, dirigida al órgano
administrativo con competencia en materia de ciencia y tecnología, deberá presentarse de
forma telemática a través del Registro Electrónico General, del Punto de Acceso General
Electrónico (www.juntaex.es), o bien mediante cualquiera de los registros electrónicos