Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas. (2023040100)
Decreto 57/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups.
107 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 116
Lunes 19 de junio de 2023
38095
a una o varias de las modalidades a las que se refiere el artículo 1 de este decreto y/o a
una o varias de las áreas temáticas de la Estrategia de Investigación e Innovación para la
Especialización Inteligente de Extremadura 2021-2027 (RIS3 2021-2027, en adelante).
La concesión de las ayudas se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de
valoración a los que se refiere el artículo 16 de este decreto. Su adjudicación se realizará,
con el límite del crédito disponible fijado en la convocatoria, a aquellos proyectos que hayan obtenido mayor valoración en la aplicación de los citados criterios.
No obstante, en caso de empate en la puntuación total, se dirimirá atendiendo a la puntuación obtenida siguiendo el orden de los distintos subapartados del artículo 16.3 de este
decreto. Primero se atenderá a la puntuación obtenida en el subapartado b), después la
del c), el d) y finalmente el e). En caso de persistir el empate, se dará prioridad al proyecto
cuya solicitud se haya registrado en primer lugar.
2. Los procedimientos de concesión de las ayudas previstas en este decreto se iniciarán mediante resolución de convocatoria dictada por la persona titular de la Secretaría General
de la Consejería con competencias en materia de Ciencia y Tecnología, que será publicada
en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) junto al extracto previsto en el
artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, indicando los créditos disponibles.
Artículo 11. Solicitud y documentación que debe aportarse.
1. La solicitud de la ayuda, de acuerdo con el modelo que se ponga a disposición de las pymes
interesadas, se presentará junto con la documentación que se indica a continuación:
a) Declaración sobre datos de identificación de la empresa, declaración responsable sobre
el cumplimiento de requisitos y condiciones exigidas para acceder a la ayuda, sobre la
categoría de la pyme solicitante, sobre las posibles situaciones de asociación o de vinculación con otras empresas u otras declaraciones que puedan resultar necesarias en función a la modalidad concreta de ayudas o el tipo, así como la concesión de autorización
al órgano gestor para recabar de oficio información acerca de encontrarse al corriente
de obligaciones con la Hacienda Estatal y con la Seguridad Social y de no tener deudas
con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tanto las declaraciones como las autorizaciones adoptarán el formato definido en la
herramienta electrónica mediante la que deben confeccionarse y cuya ruta se indicará
Lunes 19 de junio de 2023
38095
a una o varias de las modalidades a las que se refiere el artículo 1 de este decreto y/o a
una o varias de las áreas temáticas de la Estrategia de Investigación e Innovación para la
Especialización Inteligente de Extremadura 2021-2027 (RIS3 2021-2027, en adelante).
La concesión de las ayudas se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de
valoración a los que se refiere el artículo 16 de este decreto. Su adjudicación se realizará,
con el límite del crédito disponible fijado en la convocatoria, a aquellos proyectos que hayan obtenido mayor valoración en la aplicación de los citados criterios.
No obstante, en caso de empate en la puntuación total, se dirimirá atendiendo a la puntuación obtenida siguiendo el orden de los distintos subapartados del artículo 16.3 de este
decreto. Primero se atenderá a la puntuación obtenida en el subapartado b), después la
del c), el d) y finalmente el e). En caso de persistir el empate, se dará prioridad al proyecto
cuya solicitud se haya registrado en primer lugar.
2. Los procedimientos de concesión de las ayudas previstas en este decreto se iniciarán mediante resolución de convocatoria dictada por la persona titular de la Secretaría General
de la Consejería con competencias en materia de Ciencia y Tecnología, que será publicada
en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) junto al extracto previsto en el
artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, indicando los créditos disponibles.
Artículo 11. Solicitud y documentación que debe aportarse.
1. La solicitud de la ayuda, de acuerdo con el modelo que se ponga a disposición de las pymes
interesadas, se presentará junto con la documentación que se indica a continuación:
a) Declaración sobre datos de identificación de la empresa, declaración responsable sobre
el cumplimiento de requisitos y condiciones exigidas para acceder a la ayuda, sobre la
categoría de la pyme solicitante, sobre las posibles situaciones de asociación o de vinculación con otras empresas u otras declaraciones que puedan resultar necesarias en función a la modalidad concreta de ayudas o el tipo, así como la concesión de autorización
al órgano gestor para recabar de oficio información acerca de encontrarse al corriente
de obligaciones con la Hacienda Estatal y con la Seguridad Social y de no tener deudas
con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tanto las declaraciones como las autorizaciones adoptarán el formato definido en la
herramienta electrónica mediante la que deben confeccionarse y cuya ruta se indicará