Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas. (2023040100)
Decreto 57/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups.
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NÚMERO 116

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Lunes 19 de junio de 2023

6. Costes indirectos, entendidos como gastos generales asignados a la actuación pero que
por su naturaleza no puedan imputarse de forma directa. Los costes indirectos serán como
máximo del 7% de los costes directos subvencionables del proyecto.
7. No se incluirá entre los conceptos de inversión aprobada el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), excepto cuando este coste no sea recuperable por las entidades; extremo que
deberá ser acreditado fehacientemente por parte de los beneficiarios, tanto en el momento
de la solicitud de la ayuda, como en su posterior liquidación.
8. No serán admisibles y por tanto no serán imputables al proyecto:
a) Los gastos facturados por una empresa asociada o vinculada a la beneficiaria de la ayuda, salvo lo que se disponga en materia de subcontratación.
b) Los gastos facturados por los socios de la empresa beneficiaria de la ayuda, salvo el correspondiente a los gastos de personal imputado por socios y personal directivo cuando
estén encuadrados en RETA de la Seguridad Social y tributen a IRPF por rendimientos
de actividades económicas o profesionales.
c) Los gastos facturados por los socios de empresas asociadas o vinculadas a la empresa
beneficiaria.
Artículo 9. Cuantía de la Ayuda y gestión del pago.
1. La ayuda tendrá la forma de subvención.
2. La determinación de la cuantía de la subvención se calculará aplicando a la inversión subvencionable el porcentaje de intensidad de ayuda que corresponda, según la condición de
pequeña o mediana empresa de la beneficiaria y la categoría del proyecto, según su nivel
de madurez tecnológica. El importe así obtenido, será redondeado a la unidad de euro más
próxima a los efectos de calcular la cuantía final de la subvención.
3. Los porcentajes de intensidad de ayuda aplicable a la inversión subvencionable serán los
siguientes:
PROYECTO

Pequeña Empresa (%)

Mediana Empresa (%)

Investigación Industrial

70

60

Desarrollo experimental

45

35