Ayuntamiento De Jarandilla De La Vera. Protección Civil. (2023081014)
Anuncio de 8 de junio de 2023 sobre aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de organización y funcionamiento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil.
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NÚMERO 115
Viernes 16 de junio de 2023

38050

b) No estar inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.
c) No haber sido expulsada de una agrupación por resolución administrativa firme.
d) No padecer enfermedad, ni defecto físico, psíquico o sensorial que impida ejercer normalmente las funciones propias de su destino o puesto específico dentro de la agrupación. En caso de personas voluntarias de avanzada edad, con discapacidad o en
situación de dependencia, el consentimiento para su incorporación, la información y
formación y las actividades que se le encomienden, se deberán llevar a cabo en formatos adecuados y de acuerdo con sus capacidades y circunstancias personales, siguiendo
las pautas de marcadas con los principios de accesibilidad universal y diseño para todos,
de manera que les resulten accesibles, usables y comprensibles.
e) N
 o tener antecedentes penales no cancelados por delitos de violencia doméstica o de
género, por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o
la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos, o por delitos de tráfico
ilegal o inmigración clandestina de personas o por delitos de terrorismo. Estas circunstancias se acreditarán mediante la aportación de una certificación de antecedentes
penales negativo de estos delitos.
f) No haber sido condenada por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad
sexuales, trata y explotación de menores. Este extremo se deberá acreditar mediante la
aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
g) Superar el curso de formación básica para voluntariado de protección civil, impartido
por la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, o por otra entidad que imparta
dicho curso de formación básica previamente homologado por la Academia de Seguridad Pública de Extremadura. No obstante, en caso de no haber superado dicho curso a
fecha de presentación de la solicitud de ingreso, deberá cursarlo obligatoriamente en la
primera convocatoria que se celebre, integrándose provisionalmente en la agrupación
bajo la figura de Voluntario-a en prácticas.
h) A
 quellos otros requisitos que prevea específicamente el reglamento de organización y
funcionamiento interno de la agrupación respectiva, que deberán, en todo caso, respetar el principio de no discriminación.
2. P
 ara ello presentará solicitud a la entidad local correspondiente que acredite el cumplimiento de
los requisitos del apartado anterior, acompañado de los certificados referenciados anteriormente.
3. L
 a entidad local resolverá sobre el ingreso en la correspondiente agrupación de la persona
solicitante, pudiendo denegarlo motivadamente en el supuesto de incumplimiento de los
requisitos establecidos en el apartado 1.