Presidencia De La Junta. Acuerdo Para El Empleo Y La Protección Social Agrarios. Ayudas. (2023062138)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios.
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NÚMERO 114
Jueves 15 de junio de 2023

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proyecto o memoria valorada y de los resultados obtenidos. Se debe acompañar del
proyecto o memoria valorada, aprobados por el SEPE para la realización de las obras o
servicios.
b) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:


1) U
 na relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del proveedor
y del documento, el concepto, su importe, fecha de emisión y fecha de pago.



2) Indicación de las desviaciones del presupuesto inicial del anexo I.b) con respecto al
coste laboral efectivo de las personas trabajadoras subvencionadas por el SEPE y del
coste efectivo de los materiales y medios auxiliares subvencionados por la Junta de
Extremadura.



3) Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, incorporados en la relación a que
se hace referencia en el apartado primero y la documentación acreditativa del pago.



4) U
 na relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la
actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.



5) En el caso de que el importe del anticipo de la subvención percibido por la entidad
fuese superior al importe total justificado, se deberá remitir el justificante del ingreso del remanente no aplicado en la subvención para materiales y medios auxiliares.

c) Fotografía del cartel informativo, de conformidad con las medidas de identificación, información y publicidad recogidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril (publicado en el
DOE n.º 42, de fecha 10 de abril).
4. Modelo de cuenta justificativa simplificada.
Para subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000 euros, tendrá carácter de
documento con validez jurídica para la justificación de la subvención, la cuenta justificativa consistente en una certificación de la intervención o, en su defecto, de quien tenga
atribuidas las facultades para la toma de razón en contabilidad, según el anexo III de esta
resolución, y que contendrá la siguiente información:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en
la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas según el proyecto o memoria valorada y de los resultados obtenidos. Se debe acompañar del proyecto
o memoria valorada, aprobados por el SEPE para la realización de las obras o servicios.