Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Medio Ambiente. Subvenciones. (2023040086)
Decreto 44/2023, de 3 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a municipios para actuaciones de mejora de infraestructuras de uso público en Áreas Protegidas y restauración de ecosistemas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 114
Jueves 15 de junio de 2023

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g) Que la modificación no afecte al cumplimiento del principio de “no causar perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH).
2. L
 a solicitud de modificación deberá contener la justificación detallada de la concurrencia de
todas las circunstancias previstas en el apartado anterior.
3. E
 n la solicitud de modificación no podrá incrementarse el importe total subvencionado,
destino o finalidad de la subvención concedida.
4. La modificación de la resolución se podrá autorizar siempre que no dañe derechos de tercero.
5. U
 na vez presentada la solicitud de modificación, el órgano concedente, previa valoración
técnica por el órgano instructor, dictará resolución en el plazo de treinta días hábiles. En
el caso de que transcurra dicho plazo sin resolver y notificar la resolución, se entenderá
desestimada la citada solicitud de modificación.
6. C
 ualquier renuncia a algunas de las actuaciones subvencionadas conllevará una modificación de la resolución de concesión, en los términos del presente artículo.
Artículo 21. Justificación y pago de la subvención.
1. Se considera gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la
finalización del periodo de justificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36.2
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Los gastos subvencionables serán aquellos previstos en el artículo 4 del presente decreto
y se acreditarán mediante facturas originales o copias auténticas y demás documentos de
valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.
3. L
 a justificación o justificaciones se realizarán con la presentación de los siguientes documentos:
a) Memoria de la actividad realizada, que incluya:


1.º Descripción detallada de las actuaciones para las que se ha concedido la ayuda.



2.º Justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió subvención.



3.º Objetivos alcanzados y desviación respecto de los objetivos previstos.



4.º Reportaje fotográfico de las actuaciones realizadas.