Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Medio Ambiente. Subvenciones. (2023040086)
Decreto 44/2023, de 3 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a municipios para actuaciones de mejora de infraestructuras de uso público en Áreas Protegidas y restauración de ecosistemas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 114
Jueves 15 de junio de 2023

37254

Artículo 15. Propuesta de resolución y resolución de concesión.
1. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe vinculante de la Comisión
de Valoración, formulará propuesta de resolución definitiva de cada procedimiento. Esta
propuesta no podrá apartarse en ningún caso del sentido del informe de la Comisión de
Valoración.
2. U
 na vez dictada la propuesta de resolución definitiva, se procederá a la resolución de los
procedimientos.
3. L
 a concesión de las subvenciones será resuelta y notificada por el titular de la Secretaría
General de la Consejería con competencias en la conservación de la naturaleza, en el plazo
máximo de tres meses a contar desde la publicación simultánea de la convocatoria y de su
extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
4. En la resolución se hará constar:
a) Nombre del municipio, NIF y actividad objeto de subvención.
b) Cuantía de la subvención que se concede.
c) Plazo para ejecutar y justificar la ayuda concedida.
d) Las condiciones que legalmente sean exigibles, así como la obligación del beneficiario
de someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que establece la
ley general de hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura y supletoriamente
a la regulación que se derive conforme a la Ley General Presupuestaria.
e) La obligatoriedad de dar cumplimiento a las medidas de publicidad de ayudas percibidas
en los términos y condiciones establecidos en el artículo 9 de Orden HFP/1030/2021, de
29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en particular:


1º) La procedencia de la financiación de los fondos, información sobre la componente
e inversión. Se incluirá la referencia al “Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia - Financiado por la Unión Europea -NextGenerationEU”.



2º) La advertencia de que sus datos personales serán objeto de las publicaciones legalmente establecidas.



3º) Los medios publicitarios que cabe adoptar, en su caso, para hacer visible ante el
público el origen de la financiación de la ayuda.