Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Urbanismo. (2023AC0031)
Acuerdo de 27 de abril de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Jerez de los Caballeros.
247 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 114
Jueves 15 de junio de 2023

37538

Incluyen construcciones e instalaciones de servicios de carácter permanente: información, aseos, restaurante
y venta de productos. Estas instalaciones permanentes tendrán una planta y ocuparán un máximo de 5% de la
superficie total de la actuación.
5ª.- Adecuaciones Recreativas: obras o instalaciones destinadas a facilitar las actividades recreativas en
contacto directo con la naturaleza. En general comportan la instalación de mesas, bancos, parrillas, depósitos
de basura, casetas de servicios, juegos infantiles, áreas para aparcamientos, etc. Excluyen construcciones o
instalaciones de carácter permanente.
6ª.- Parque Forestal: conjunto integrado de obras e instalaciones en el medio rural, destinado a posibilitar el
esparcimiento, recreo y la realización de prácticas deportivas al aire libre. Supone la construcción de
instalaciones de carácter permanente.
Las instalaciones permanentes tendrán una planta y ocuparán como máximo el 10% de la superficie total del
Parque.
7ª.- Aulas de la Naturaleza: edificaciones públicas no permanentes que permitan la estancia, trabajo y estudio
de personal investigador y docente.
2. Condiciones generales.
Solamente podrán considerarse como Usos en el Suelo Rústico aquellos equipamientos y servicios terciarios
vinculados al medio rural, porque necesiten un emplazamiento específico distinto del urbano o respondan a
necesidades turísticas precisas.
Cada actividad vendrá regulada, además de por las presentes Normas, por la legislación que le corresponda
en razón de la materia.
3. Condiciones particulares
Terciarios.

-

-

-

de implantación para los Equipamientos Dotacionales y Servicios

Distancia mínima a núcleo urbano:
Equipamientos Dotacionales y Servicios Técnicos: libre.
Servicios Terciarios de Hostelería y Turismo, Campamento de Turismo, Adecuaciones
Recreativas, Parque Forestal y Aulas de la Naturaleza: Libre.




Distancia mínima a borde de calzada de carretera: Según
Legislación de Carreteras.
Parcela mínima: será la mínima establecida en el artículo 70 de la LOTUS.
Distancia mínima a linderos:
Equipamientos Dotacionales y Servicios Técnicos: libre.
Servicios Terciarios de Hostelería y Turismo, Campamento de Turismo, Adecuaciones Recreativas,
Parque Forestal y Aulas de la Naturaleza: 3 m.
 Servicios Terciarios de Hostelería y Turismo, Campamento de Turismo, Adecuaciones Recreativas,
Parque Forestal y Aulas de la Naturaleza: 3 m.




- Distancia mínima a ejes de caminos públicos:
 Equipamientos Dotacionales y Servicios Técnicos: 5 m.
 Servicios Terciarios de Hostelería y Turismo, Campamento de Turismo, Adecuaciones Recreativas,
Parque Forestal y Aulas de la Naturaleza: 5 m.

-

Ocupación de la edificación:
Equipamientos Dotacionales y Servicios Técnicos: 50%.