Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2023062256)
Resolución de 7 de junio de 2023, de la Consejera, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo, en el régimen a distancia, en centros públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2023/2024.
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NÚMERO 113
Miércoles 14 de junio de 2023
36997
4. T
ítulo universitario o equivalente.
II. Cupo segundo: El 25% de las plazas a las personas tituladas en Formación Profesional Básica o Grado Básico.
III. Cupo tercero: El 10% restante de las plazas se ofrecerá a quienes presenten alguna
de las cuatro situaciones siguientes:
1. H
aber superado un curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado
medio en centros públicos o privados autorizados por la administración educativa,
y tener 17 años cumplidos en el año de finalización del curso.
2. Tener aprobada la prueba de acceso a los ciclos de grado medio y 17 años cumplidos en el año de superación de dicha prueba.
3. Haber superado la prueba de acceso a grado superior o a la universidad para mayores de 25 años.
4. H
aber superado los módulos obligatorios de un Programa de Cualificación Profesional Inicial.
b) En los ciclos de grado superior, se establecerán los cupos de plaza siguientes:
I. Cupo primero: El 65% de las plazas para nuevo alumnado se ofrecerá a quienes estén
en posesión de la titulación académica de acceso:
1. T
ítulo de Bachiller o alguna de sus equivalencias académicas.
2. Título de Técnico Especialista, Técnico Superior o cualquier otro de Formación
Profesional equivalente académicamente a alguno de ellos.
3. T
ítulo universitario o equivalente.
II. Cupo segundo. El 25% de las plazas a las personas que tengan un título de Técnico
de Formación Profesional.
III. Cupo tercero. El 10% restante de las plazas se ofrecerá a quienes presenten alguna
de las situaciones siguientes:
1. Poseer un título de Técnico de Formación Profesional Grado Medio y haber superado un curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado superior en
centros públicos o privados autorizados por alguna Administración educativa.
Miércoles 14 de junio de 2023
36997
4. T
ítulo universitario o equivalente.
II. Cupo segundo: El 25% de las plazas a las personas tituladas en Formación Profesional Básica o Grado Básico.
III. Cupo tercero: El 10% restante de las plazas se ofrecerá a quienes presenten alguna
de las cuatro situaciones siguientes:
1. H
aber superado un curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado
medio en centros públicos o privados autorizados por la administración educativa,
y tener 17 años cumplidos en el año de finalización del curso.
2. Tener aprobada la prueba de acceso a los ciclos de grado medio y 17 años cumplidos en el año de superación de dicha prueba.
3. Haber superado la prueba de acceso a grado superior o a la universidad para mayores de 25 años.
4. H
aber superado los módulos obligatorios de un Programa de Cualificación Profesional Inicial.
b) En los ciclos de grado superior, se establecerán los cupos de plaza siguientes:
I. Cupo primero: El 65% de las plazas para nuevo alumnado se ofrecerá a quienes estén
en posesión de la titulación académica de acceso:
1. T
ítulo de Bachiller o alguna de sus equivalencias académicas.
2. Título de Técnico Especialista, Técnico Superior o cualquier otro de Formación
Profesional equivalente académicamente a alguno de ellos.
3. T
ítulo universitario o equivalente.
II. Cupo segundo. El 25% de las plazas a las personas que tengan un título de Técnico
de Formación Profesional.
III. Cupo tercero. El 10% restante de las plazas se ofrecerá a quienes presenten alguna
de las situaciones siguientes:
1. Poseer un título de Técnico de Formación Profesional Grado Medio y haber superado un curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado superior en
centros públicos o privados autorizados por alguna Administración educativa.