Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2023062256)
Resolución de 7 de junio de 2023, de la Consejera, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo, en el régimen a distancia, en centros públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2023/2024.
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NÚMERO 113
Miércoles 14 de junio de 2023
36990
determinados periodos de la formación. Esta presencia se articula a través de la acción tutorial presencial que se realizará de dos modos diferentes: individual y colectivamente.
La oferta en régimen a distancia, en la modalidad teleformación on-line, permite al alumnado
cursar módulos profesionales de determinados ciclos formativos, con la particularidad de que
los estudios se cursan a distancia a través de las herramientas que proporcionan las tecnologías de la información y la comunicación.
De esta manera se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3.9 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se establece que, para garantizar el derecho a la educación de quienes no puedan asistir de modo regular a los centros docentes, se desarrollará
una oferta adecuada de educación a distancia.
En lo referente a la incorporación a la educación de personas adultas el artículo 67.1, establece que podrán incorporarse a estas enseñanzas, quienes cumplen dieciocho años en el
año en que comience el curso. Además de las personas adultas, excepcionalmente, podrán
cursar estas enseñanzas los mayores de dieciséis años que lo soliciten y que tengan un contrato laboral que no les permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario o sean
deportistas de alto rendimiento. Asimismo, las administraciones educativas podrán autorizar
excepcionalmente el acceso a estas enseñanzas a los y las mayores de dieciséis años, circunstancias excepcionales, debidamente acreditadas, que les impidan asistir al centro educativo
en el régimen ordinario.
Al objeto de arbitrar el procedimiento adecuado para la realización del proceso de escolarización y matriculación del alumnado que curse ciclos formativos de grado medio y superior
en régimen a distancia, impartidos en centros docentes públicos, así como para la resolución
de aquellos casos en que la demanda de puestos escolares supere a la oferta de los mismos,
resulta necesario elaborar una convocatoria específica.
Teniendo en cuenta el marco normativo anterior, con el fin de precisar las condiciones en que
ha de realizarse la admisión y matriculación de personas adultas para cursar ciclos formativos en el régimen a distancia, en centros públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, para el curso 2023/2024, en uso de las atribuciones conferidas por el ordenamiento jurídico, y a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Formación
para el Empleo,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
1. La presente resolución tiene por objeto convocar el procedimiento de admisión y matriculación del alumnado que desee cursar enseñanzas de Formación Profesional del sistema
Miércoles 14 de junio de 2023
36990
determinados periodos de la formación. Esta presencia se articula a través de la acción tutorial presencial que se realizará de dos modos diferentes: individual y colectivamente.
La oferta en régimen a distancia, en la modalidad teleformación on-line, permite al alumnado
cursar módulos profesionales de determinados ciclos formativos, con la particularidad de que
los estudios se cursan a distancia a través de las herramientas que proporcionan las tecnologías de la información y la comunicación.
De esta manera se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3.9 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se establece que, para garantizar el derecho a la educación de quienes no puedan asistir de modo regular a los centros docentes, se desarrollará
una oferta adecuada de educación a distancia.
En lo referente a la incorporación a la educación de personas adultas el artículo 67.1, establece que podrán incorporarse a estas enseñanzas, quienes cumplen dieciocho años en el
año en que comience el curso. Además de las personas adultas, excepcionalmente, podrán
cursar estas enseñanzas los mayores de dieciséis años que lo soliciten y que tengan un contrato laboral que no les permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario o sean
deportistas de alto rendimiento. Asimismo, las administraciones educativas podrán autorizar
excepcionalmente el acceso a estas enseñanzas a los y las mayores de dieciséis años, circunstancias excepcionales, debidamente acreditadas, que les impidan asistir al centro educativo
en el régimen ordinario.
Al objeto de arbitrar el procedimiento adecuado para la realización del proceso de escolarización y matriculación del alumnado que curse ciclos formativos de grado medio y superior
en régimen a distancia, impartidos en centros docentes públicos, así como para la resolución
de aquellos casos en que la demanda de puestos escolares supere a la oferta de los mismos,
resulta necesario elaborar una convocatoria específica.
Teniendo en cuenta el marco normativo anterior, con el fin de precisar las condiciones en que
ha de realizarse la admisión y matriculación de personas adultas para cursar ciclos formativos en el régimen a distancia, en centros públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, para el curso 2023/2024, en uso de las atribuciones conferidas por el ordenamiento jurídico, y a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Formación
para el Empleo,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
1. La presente resolución tiene por objeto convocar el procedimiento de admisión y matriculación del alumnado que desee cursar enseñanzas de Formación Profesional del sistema