Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2023062256)
Resolución de 7 de junio de 2023, de la Consejera, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo, en el régimen a distancia, en centros públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2023/2024.
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NÚMERO 113
Miércoles 14 de junio de 2023

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2023, de la Consejera, por la que se convoca
el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos
de Formación Profesional del sistema educativo, en el régimen a distancia,
en centros públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
durante el curso 2023/2024. (2023062256)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación en su artículo 39, establece que la formación profesional en el sistema educativo tiene por finalidad preparar al alumnado para la
actividad en un campo profesional y facilitar su adaptación a las modificaciones laborales que
pueden producirse a lo largo de su vida, contribuir a su desarrollo personal y al ejercicio de
una ciudadanía democrática y pacífica, y permitir su progresión en el sistema educativo, en el
marco del aprendizaje a lo largo de la vida.
La precitada ley en su artículo 41 establece las condiciones de acceso y admisión para los
ciclos formativos de grados medio y superior, siendo también de aplicación el Real Decreto
1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la Formación
Profesional del sistema educativo.
Por otro lado, de conformidad con el artículo 105 de la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, la admisión del alumnado que desee cursar estudios de formación profesional en centros sostenidos con fondos públicos se realizará en una única circunscripción
de escolarización, a fin de garantizar el principio de igualdad de oportunidades y la gestión
eficaz del procedimiento.
El Decreto 128/2021, de 17 de noviembre, por el que se regula la admisión del alumnado de
Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en
centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
establece en su disposición transitoria que “en tanto el Gobierno no desarrolle la Ley Orgánica
3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
de Educación, referida a la admisión y el acceso a la formación profesional del sistema educativo, de personas adultas, las enseñanzas artísticas, de idiomas y deportivas, se mantiene
en vigor el Decreto 42/2007, de 6 de marzo, así como lo previsto en sus disposiciones adicionales primera y segunda, y el desarrollo que para estas enseñanzas se ha establecido en sus
diferentes procesos de admisión”.
La oferta en régimen a distancia en Formación Profesional del sistema educativo, en la modalidad semipresencial, permite al alumnado cursar módulos profesionales de determinados
ciclos formativos, siendo una modalidad que requiere la presencia en el centro educativo en