Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Actividad Comercial. Ayudas. (2023040101)
Decreto 58/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del comercio a través de acciones agrupadas de dinamización comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente a los ejercicios 2023-2024.
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NÚMERO 112
36683
Martes 13 de junio de 2023
ningún otro criterio objetivo, pueda ser determinante para priorizar un proyecto frente a otro,
considerándose que la promoción comercial debe potenciarse de forma general en todo el
comercio de la región y facilitar, con la concesión directa, el acceso a las ayudas de cualquier
iniciativa que cumpla los requisitos.
La resolución de convocatoria se ajustará a lo establecido en el Título II de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Dicha convocatoria deberá ser publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Al tratarse de subvenciones financiables con fondos europeos, de conformidad con lo establecido en el artículo 24.1 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para
la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, la tramitación del presente decreto seguirá las especialidades
contenidas en dicho artículo, de forma que las bases reguladoras incorporarán la primera convocatoria de las ayudas, se aprobarán por decreto del Consejo de Gobierno y el procedimiento
se tramitará por la vía de urgencia.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones que me confiere el artículo
90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, así como el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a propuesta del Consejero de Economía,
Ciencia y Agenda Digital y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de fecha
24 de mayo de 2023.
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas para el
desarrollo de acciones agrupadas para el desarrollo de proyectos de animación comercial con
la finalidad de dinamizar, promocionar el comercio extremeño y fomentar el asociacionismo
comercial, y realizar su primera convocatoria.
A los efectos del presente decreto se entiende por acciones agrupadas para el desarrollo de
proyectos de animación comercial, cualquier acción de promoción y dinamización del comercio local, que se desarrolle de forma conjunta con otros comercios y con otros sectores, buscando sinergias para incrementar su posicionamiento, atraer a los consumidores e incentivar
la demanda y poder así competir con otros formatos comerciales. Será requisito indispensable
que exista una implicación activa de los comercios y de las demás empresas participantes en el
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Martes 13 de junio de 2023
ningún otro criterio objetivo, pueda ser determinante para priorizar un proyecto frente a otro,
considerándose que la promoción comercial debe potenciarse de forma general en todo el
comercio de la región y facilitar, con la concesión directa, el acceso a las ayudas de cualquier
iniciativa que cumpla los requisitos.
La resolución de convocatoria se ajustará a lo establecido en el Título II de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Dicha convocatoria deberá ser publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Al tratarse de subvenciones financiables con fondos europeos, de conformidad con lo establecido en el artículo 24.1 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para
la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, la tramitación del presente decreto seguirá las especialidades
contenidas en dicho artículo, de forma que las bases reguladoras incorporarán la primera convocatoria de las ayudas, se aprobarán por decreto del Consejo de Gobierno y el procedimiento
se tramitará por la vía de urgencia.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones que me confiere el artículo
90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, así como el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a propuesta del Consejero de Economía,
Ciencia y Agenda Digital y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de fecha
24 de mayo de 2023.
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas para el
desarrollo de acciones agrupadas para el desarrollo de proyectos de animación comercial con
la finalidad de dinamizar, promocionar el comercio extremeño y fomentar el asociacionismo
comercial, y realizar su primera convocatoria.
A los efectos del presente decreto se entiende por acciones agrupadas para el desarrollo de
proyectos de animación comercial, cualquier acción de promoción y dinamización del comercio local, que se desarrolle de forma conjunta con otros comercios y con otros sectores, buscando sinergias para incrementar su posicionamiento, atraer a los consumidores e incentivar
la demanda y poder así competir con otros formatos comerciales. Será requisito indispensable
que exista una implicación activa de los comercios y de las demás empresas participantes en el