Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Actividad Comercial. Ayudas. (2023040101)
Decreto 58/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del comercio a través de acciones agrupadas de dinamización comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente a los ejercicios 2023-2024.
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NÚMERO 112
Martes 13 de junio de 2023
36704
aportando los certificados emitidos por los organismos correspondientes. El órgano
gestor podrá consultar la información necesaria para comprobar estos extremos si
consta la autorización expresa de los solicitantes (apartado 7.3 de la solicitud de
ayuda).
e) L
a justificación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener
la condición de beneficiario y de reunir los requisitos establecidos en la normativa
vigente para obtener la subvención solicitada, así como la declaración de las ayudas
públicas solicitadas para la misma actividad, se efectuará mediante declaración expresa y responsable dirigida al órgano gestor de las ayudas, según el modelo que
figura en el anexo III del presente decreto. En el caso de asociaciones, federaciones
y confederaciones del sector comercio se hará constar, además, todas las ayudas o
subvenciones que hayan sido solicitadas y recibidas con carácter de minimis, durante los dos ejercicios fiscales anteriores a la presentación de la solicitud y durante el
ejercicio fiscal en curso.
f) En las ayudas para proyectos de animación comercial desarrollados por asociaciones,
federaciones y confederaciones del sector comercio, éstas deberán presentar además
una declaración responsable firmada por el representante de la entidad sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2, conforme el anexo IV.
g) En el caso de asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio, presentarán junto con la solicitud, la declaración responsable que figura como anexo VI
donde conste expresamente la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido. De no
aportar esta declaración responsable, no se considerará un gasto subvencionable.
4. Los anexos que se aporten junto con la solicitud deberán firmarse electrónicamente.
5. En el modelo de solicitud (anexo I), se deberá indicar el número de cuenta que el solicitante
tiene activo en el sistema de alta de terceros de la Junta de Extremadura para el abono de
la subvención. En el supuesto de que la cuenta bancaria indicada no esté dada de alta en
el registro de altas de terceros de la Junta de Extremadura, será necesario, previamente,
tramitar su alta en dicho registro a través del siguiente enlace: https://juntaex.es/w/5145.
6. En el caso de que, tras el análisis de la documentación señalada en las presentes bases,
no pudiera inferirse el cumplimiento de una condición esencial para obtener la condición
de beneficiario, o la indubitada elegibilidad de un determinado gasto, el órgano instructor podrá requerir al beneficiario que aporte aquella documentación o información
complementaria necesaria para la valoración de la solicitud de ayuda.
Martes 13 de junio de 2023
36704
aportando los certificados emitidos por los organismos correspondientes. El órgano
gestor podrá consultar la información necesaria para comprobar estos extremos si
consta la autorización expresa de los solicitantes (apartado 7.3 de la solicitud de
ayuda).
e) L
a justificación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener
la condición de beneficiario y de reunir los requisitos establecidos en la normativa
vigente para obtener la subvención solicitada, así como la declaración de las ayudas
públicas solicitadas para la misma actividad, se efectuará mediante declaración expresa y responsable dirigida al órgano gestor de las ayudas, según el modelo que
figura en el anexo III del presente decreto. En el caso de asociaciones, federaciones
y confederaciones del sector comercio se hará constar, además, todas las ayudas o
subvenciones que hayan sido solicitadas y recibidas con carácter de minimis, durante los dos ejercicios fiscales anteriores a la presentación de la solicitud y durante el
ejercicio fiscal en curso.
f) En las ayudas para proyectos de animación comercial desarrollados por asociaciones,
federaciones y confederaciones del sector comercio, éstas deberán presentar además
una declaración responsable firmada por el representante de la entidad sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2, conforme el anexo IV.
g) En el caso de asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio, presentarán junto con la solicitud, la declaración responsable que figura como anexo VI
donde conste expresamente la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido. De no
aportar esta declaración responsable, no se considerará un gasto subvencionable.
4. Los anexos que se aporten junto con la solicitud deberán firmarse electrónicamente.
5. En el modelo de solicitud (anexo I), se deberá indicar el número de cuenta que el solicitante
tiene activo en el sistema de alta de terceros de la Junta de Extremadura para el abono de
la subvención. En el supuesto de que la cuenta bancaria indicada no esté dada de alta en
el registro de altas de terceros de la Junta de Extremadura, será necesario, previamente,
tramitar su alta en dicho registro a través del siguiente enlace: https://juntaex.es/w/5145.
6. En el caso de que, tras el análisis de la documentación señalada en las presentes bases,
no pudiera inferirse el cumplimiento de una condición esencial para obtener la condición
de beneficiario, o la indubitada elegibilidad de un determinado gasto, el órgano instructor podrá requerir al beneficiario que aporte aquella documentación o información
complementaria necesaria para la valoración de la solicitud de ayuda.