Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062216)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Acuerdo o Pacto Mixto de funcionarios públicos y personal laboral del "Ayuntamiento de Valle de Santa Ana".
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NÚMERO 111

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Lunes 12 de junio de 2023

de Salud Laboral, cualquier norma, conflicto o situación derivada de este tipo de adicciones. Para ello, se comprometen a negociar protocolos de actuación e intervención en
supuestos de conflictos laborales dichas cuestiones.
21.7. Medio Ambiente.
Las partes se comprometen a que la prevención de riesgos laborales y la protección del
medio ambiente sean aspectos inseparables de la actuación cotidiana de la Corporación
y el personal afectado por el presente Acuerdo-Convenio. Por lo tanto, deberán desarrollarse programas encaminados al ahorro energético, consumo responsable del agua,
reducción de contaminantes atmosféricos y reciclado de residuos.
Los delegados y delegadas de prevención podrán participar en todas aquellas cuestiones relacionadas con el medio ambiente referente a la actividad laboral desarrollada en
la Corporación.
21.8. Acoso Laboral.
Las partes firmantes reconocen que los comportamientos que puedan entrañar acoso
son perjudiciales, no solamente para las personas directamente afectadas, sino también para el entorno global de la empresa, y son conscientes de que la persona que se
considere afectada tiene derecho, sin perjuicio de las acciones administrativas y judiciales que le correspondan, a solicitar a la Corporación una actuación mediadora y de
resolución del conflicto.
Cualquier situación de acoso ocurrida dentro del ámbito laboral podrá ser objeto de
denuncia por parte de la persona acosada, por los representantes de los trabajadores/
as o por cualquiera que sea conocedora de los hechos.
Las partes firmantes de este Acuerdo-Convenio se comprometen a desarrollar un protocolo de actuación en caso de un acoso moral que permita abrir cauces de investigación
y asesoramiento de la/as personas afectadas, así como cuantas medidas legales sean
necesarias para evitar que se produzcan tales actos. En todos estos procesos debe asegurarse la participación de la representación legal de la plantilla.
CAPÍTULO VII
Régimen disciplinario
Artículo 22. Régimen disciplinario.
Se regulará por lo dispuesto en el TREBEP.