Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062216)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Acuerdo o Pacto Mixto de funcionarios públicos y personal laboral del "Ayuntamiento de Valle de Santa Ana".
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 111
Lunes 12 de junio de 2023



36629

— En el mes en que se cese en el servicio activo, salvo que sea por motivos de fallecimiento o jubilación o retiro; y en el de iniciación de permisos sin derecho a retribución.

16.4. Sueldo.
El sueldo de los empleado/as de la Corporación, que sean personal funcionario y personal laboral fijo o indefinido se calculará de acuerdo con las retribuciones del personal
funcionario según la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
16.5. Trienios.
Los trienios para el personal laboral consisten en una cantidad igual para cada grupo,
por cada 3 años de servicios reconocidos en la Administración pública, y se establecerá
al menos la cantidad reconocida por este concepto para el personal laboral de la Junta
de Extremadura.
Los trienios para el personal funcionario consisten en una cantidad por grupo profesional de acuerdo a la tabla de retribuciones del personal funcionario según la Ley de
Presupuestos Generales del Estado.
Para el perfeccionamiento de trienios, se computará el tiempo correspondiente a la
totalidad de los servicios efectivos, indistintamente prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas, tanto en calidad de laboral o contratado en régimen de derecho
administrativo, así como de funcionario de carrera.
16.6. Pagas extraordinarias.
Las pagas extraordinarias serán dos al año y se devengarán prorrateadas en las nóminas
mensuales respecto del personal laboral. El/la empleado/a podrá solicitar que se devenguen en los meses de junio y diciembre sus pagas extraordinarias a la Corporación.
El importe de cada una de las pagas extraordinarias serán las cantidades que se establezcan en la ley de Presupuestos Generales del Estado para cada año.
Cuando el tiempo de servicios efectivamente prestados hasta el día en que se devengue
la paga extraordinaria no comprenda la totalidad de los seis meses inmediatos anteriores a los meses de junio o diciembre, el importe de la paga extraordinaria se reducirá
proporcionalmente.
16.7. Complemento de destino.
El complemento de destino, que se comenzará a aplicar a partir de la aprobación por
esta Administración de la relación de puestos de trabajos (RPT), será el correspondiente
al nivel del puesto de trabajo que se desempeñe.