Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062216)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Acuerdo o Pacto Mixto de funcionarios públicos y personal laboral del "Ayuntamiento de Valle de Santa Ana".
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 111
Lunes 12 de junio de 2023

36618

ausencias e incidencias que no hubieran sido previamente autorizadas y resulten
imprevistas o motivadas por fuerza mayor, deberán ser comunicadas de inmediato al
responsable jerárquico superior correspondiente y requerirán de su ulterior justificación acreditativa, que será notificada al órgano competente en materia de personal.
Tales incidencias quedarán también reflejadas en los medios de control horario.
12.3.2. La ausencia del centro de trabajo motivada en el padecimiento de enfermedad
o lesión debida a un accidente requerirá la disposición del parte de baja médica
desde el momento en que se produce el hecho causante. Se considerará fecha de
inicio de la situación de incapacidad temporal la que aparezca consignada como tal
en el parte de baja. Sin perjuicio de la obligación de comunicar inmediatamente
la ausencia al responsable de la unidad a la que se encuentre adscrito, la persona
afectada por la enfermedad o el accidente causantes de la situación de incapacidad temporal habrá de entregar en la Secretaría General u órgano competente en
materia de personal, en el plazo máximo de tres días contados a partir del de su
expedición, el ejemplar del parte de baja destinado a la empresa. En idéntico plazo
se habrán de entregar igualmente los ejemplares de los partes sucesivos confirmatorios de baja, hasta la emisión del parte de alta, cuyo ejemplar destinado a la empresa será entregado dentro de las veinticuatro horas siguientes a su expedición.
La incorporación efectiva al puesto de trabajo habrá de producirse el día laborable
siguiente a la fecha del alta.
12.3.3. Las faltas de asistencia al trabajo por enfermedad o accidente que no se documenten con la aportación del parte de baja, habrán de ser notificadas de inmediato al
responsable jerárquico superior correspondiente, se justificarán en el momento de
la reincorporación al puesto de trabajo con la acreditación documental de la concurrencia de la causa de enfermedad, y podrán comportar, cuando así se prevea,
la correspondiente reducción de retribuciones.
12.3.4. En el caso de que, iniciada la jornada laboral, el empleado hubiera de abandonar
su puesto de trabajo por indisposición sobrevenida motivada por enfermedad, la
ausencia durante dicha jornada se justificará en la forma indicada en el apartado
anterior. Con respecto a las ausencias parciales del puesto de trabajo motivadas
por la concurrencia a consulta, prueba o tratamiento médicos concertados previamente, se probarán documentalmente la hora y día fijados para la cita, y la hora
del término de la prestación. En ambos casos, el tiempo de la ausencia será considerado como de trabajo efectivo siempre que aparezca debidamente justificado.
12.3.5. Las ausencias por enfermedad o accidente que no queden acreditadas en la forma
referida en los puntos precedentes, así como la realización de jornadas de trabajo