Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062216)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Acuerdo o Pacto Mixto de funcionarios públicos y personal laboral del "Ayuntamiento de Valle de Santa Ana".
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NÚMERO 111

36606

Lunes 12 de junio de 2023

NIVELES

Años

INICIAL………………………..0 –5 años
NIVEL I……………………….…..5 años
NIVEL II………………….……...10 años
NIVEL III………………………...15 años
NIVEL IV…………………………..20 años


La progresión de la carrera horizontal se realizará desde el puesto de la misma categoría, especialidad o, en su caso, grupo de titulación en el que el/la trabajador/a se
encuentre en servicio activo. Se podrá reconocer la progresión de la carrera horizontal
los puestos desempeñados por el/la trabajador/a en otras categorías, especialidades o
grupo de titulación, así como cualquier puesto desempeñado como funcionarios interinos o laborales temporales por los trabajos desempeñados en cualquier administración
pública antes de adquirir la condición de funcionario desde el que haya accedido en
su caso a la situación de servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares y
excedencia por razón de violencia de género, computándose como ejercicio profesional
efectivamente desempeñado el tiempo que haya permanecido en esas situaciones o
excedencias, o el tiempo destinado a funciones sindicales o representación de personal.

8.5.2. Para el acceso a los distintos grados de la carrera profesional, además del tiempo
de ejercicio profesional determinado en el punto anterior, será necesario el cumplimiento de los requisitos que se determinen en relación con la evaluación favorable
de determinadas áreas, entre las que habrán de valorarse necesariamente la trayectoria y actuación profesional, la calidad de los trabajos realizados, los conocimientos adquiridos, el resultado de la evaluación del desempeño y compromiso con
la organización, así como otros méritos y aptitudes por razón de la especificidad de
la función desarrollada , y la experiencia adquirida.
8.5.3. El procedimiento para el acceso a los distintos niveles será el siguiente:
I. El derecho del empleado/a público a la carrera profesional se producirá en el momento de su incorporación a una plaza de plantilla o a un puesto de trabajo del
Ayuntamiento de Valle de Santa Ana debiendo el interesado solicitar formalmente su
inclusión en la carrera profesional.


II. Los/as empleados/as públicos en situación de servicio activo, que reúnan o consideren que cumplen los requisitos para consolidar un determinado grado o nivel, hasta