Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio Exterior. Ayudas. (2023040102)
Decreto 59/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del empleo especializado en comercio exterior, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 111
Lunes 12 de junio de 2023

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2. A
 tales fines, los solicitantes deberán comunicar las subvenciones concedidas que financien
las actividades para las que solicitan la ayuda, conforme a lo establecido en el anexo II.
3. L
 as ayudas previstas en el presente decreto se hallan acogidas al régimen de mínimis,
sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión, de 18 de
diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcio­
namiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre),
no pudiendo superar la ayuda total de mínimis la cantidad de 200.000 euros durante cual­
quier período de tres ejercicios fiscales.
Artículo 19. Información y publicidad.
1. T
 anto el extracto de la convocatoria como la convocatoria en sí, y las subvenciones conce­
didas, serán publicadas en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).
La Base de Datos Nacional de Subvenciones dará traslado a dicho diario del extracto de la
convocatoria para su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.8 a) de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La convocatoria, y las subvenciones concedidas serán publicadas en los siguientes portales:
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index), en la forma establecida en los
artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Base de datos Nacional de subvenciones,
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias
2. L
 as ayudas concedidas serán también publicadas en el Portal de Transparencia de la Junta
de Extremadura http://gobiernoabierto.juntaex.es, de conformidad con en el artículo 11 de
la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
3. A
 simismo, se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones la información sobre
las convocatorias y resoluciones de concesión derivadas de las mismas, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
4. L
 os beneficiarios de las ayudas estarán obligados a dar publicidad e identificar la partici­
pación de las Administraciones Públicas en la financiación de los proyectos y actividades
subvencionables. Esta difusión se realizará de conformidad con las prescripciones conte­