Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio Exterior. Ayudas. (2023040102)
Decreto 59/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del empleo especializado en comercio exterior, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 111
Lunes 12 de junio de 2023

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— Certificado de nivel B1 o superior del Marco Europeo de las Lenguas Extranjeras, o equi­
valente de un idioma distinto del castellano y de otras lenguas cooficiales del Estado
español, de la persona contratada. En el caso de que el trabajador tenga dominio del
idioma por tratarse de su lengua materna, el cumplimiento de este requisito será acre­
ditado mediante declaración responsable.
Asimismo, para la valoración de los criterios de evaluación de las solicitudes de ayudas,
será necesario la presentación de la siguiente documentación específica:
— Resumen anual de IVA (Modelo 390 o 303 correspondiente al último periodo del año
–cuarto trimestre o mes de diciembre– o equivalente de la Agencia Estatal de la Admi­
nistración Tributaria), del ejercicio anterior a la convocatoria.
— Certificado de nivel del Marco Común Europeo se Referencia de las Lenguas Extranjeras,
o equivalente.
— Certificados de formación específicas en comercio exterior.
Artículo 14. Órgano instructor y de ordenación.
El órgano encargado de la instrucción y de ordenación del procedimiento será el servicio con
funciones en materia de comercio exterior, sin perjuicio de las adaptaciones que se hagan en
la convocatoria deriva­das de reorganizaciones administrativas en la materia.
Artículo 15. Comisión de Valoración.
1. L
 as solicitudes presentadas serán evaluadas por una Comisión de Valoración constituida al
efecto, cuyo informe tendrá carácter vinculante.
La composición de la Comisión de Valoración se determinará en la correspondiente convo­
catoria y tendrá una presencia equilibrada de hombres y mujeres, debiendo estar integrada
por cuatro miembros:
— Presidencia, que será ejercida por la persona titular del Servicio con funciones en mate­
ria de comercio exterior.
— Vocales, dos personas funcionarias del Servicio citado anteriormente.
— Secretaría, una persona funcionaria de la especialidad jurídica.
Todos ellos con voz y voto.