Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio Exterior. Ayudas. (2023040102)
Decreto 59/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del empleo especializado en comercio exterior, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 111
Lunes 12 de junio de 2023

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de personas físicas también podrán identificarse y autenticarse electrónicamente en la
sede electrónica corporativa mediante los sistemas de identi­ficación y autenticación incor­
porados al Documento Nacional de Identidad, así como podrán actuar electrónicamente
mediante el uso de un sistema de firma electrónica incorporado al Documento Nacional de
Identidad, conforme a lo dispuesto en los artículos 34 y 35, del Decreto 225/2014 de 14
de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Junta de Extremadura.
Por ello, para el proceso de presentación de las solicitudes, los interesados deberán dispo­
ner, para la autenticación y para la firma electrónica, de DNI electrónico o de certificado
electrónico en vigor y, si no dispone de ellos, se indica a continuación las direcciones elec­
trónicas donde podrían obtenerlos:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
En este procedimiento, las personas físicas solicitantes que­dan obligadas relacionarse
electrónicamente con la Administración conforme a lo dispuesto en el artículo 14.3 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Adminis­
traciones Públicas, que establece que reglamentariamente, las Ad­ministraciones pueden
establecer la obligación de relacionarse a través de medios electró­nicos para determinados
procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad
económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos, queda acreditado que tienen
acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
Artículo 13. Plazo de presentación de solicitudes y documentación a aportar.
1. E
 l plazo para presentar solicitudes será de un mínimo de dos meses y no superior a cinco
meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la correspondiente convoca­
toria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es. El plazo
específico se determinará en la convocatoria.
2. Las solicitudes de ayudas deberán acompañarse de la siguiente do­cumentación:
— Copia de la comunicación del contrato de trabajo de la persona trabajadora sustituta al
correspondiente Servicio Público de Empleo, siempre que la entidad solicitante no se
hubiese opuesto a su consulta de oficio por el órgano encargado de la instrucción, mar­
cando la casilla correspondiente en el anexo de solicitud.
— Título Universitario o de Formación Profesional de Grado Superior o equivalente de la
persona contratada.