Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023AC0027)
Corrección de errores del Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Malpartida de Plasencia (PGM).
374 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 111
Lunes 12 de junio de 2023
a.
Demolición de edificio en ruina total (puede conllevar el deber de reconstrucción).
b.
Demolición total de edificio sin protección.
36279
Artículo 5.2.2.8 CONSERVACIÓN O MANTENIMIENTO. [E]
Son obras dirigidas al mantenimiento de las condiciones estructurales y elementos del edificio en estado de
salubridad, ornato exterior e interior y de las condiciones de habitabilidad de los espacios vivideros
existentes.
Quedan incluidas dentro de este apartado todas las reparaciones de los elementos arquitectónicos o de
instalaciones que se consideren en mal estado, así como las obras de mantenimiento interior y exterior,
como reparaciones de pisos, revocos o pinturas.
La reforma de las instalaciones se considera como obras de mantenimiento siempre y cuando no suponga
distorsión o transformación de los espacios existentes.
Las obras de mantenimiento en edificios incluidos en el Catálogo de Protección deberán cumplir las
siguientes condiciones:
•
No podrán alterar los acabados que caracterizan el edificio.
•
Deberán utilizarse los mismos materiales existentes en su origen y similares soluciones constructivas.
•
Están prohibidas las reproducciones miméticas de elementos antiguos que falseen la autenticidad
histórica del edificio.
•
En caso de que estuviera prevista, las obras de mantenimiento no podrán aumentar el valor de
expropiación.
Artículo 5.2.2.9 CONSOLIDACIÓN. [E]
Son obras dirigidas a la recuperación, refuerzo o reparación de las estructuras existentes con posible
sustitución parcial de éstas para asegurar la estabilidad del edificio.
En los edificios con alguna protección las obras deberán realizarse con los mismos materiales y sistemas
constructivos utilizados originalmente salvo que se justifique la necesidad de refuerzos especiales con otro
tipo de materiales, o por medidas de protección acústica, ambiental y energética, y de adaptación a
necesidades actuales.
Artículo 5.2.2.10 ADECUACIÓN O ACONDICIONAMIENTO. [E]
Son aquellas obras que manteniendo las características esenciales de la edificación existente realizan
reformas que alteran su organización general, la estructura arquitectónica y la distribución interior del
edificio.
Pueden ser de los siguientes tipos:
1.
Cubiertas: Construcción o reparación de cubiertas con inclusión de elementos permitidos en la
ordenanza (ventanas en faldón...)
2.
Fachadas de Locales: Acondicionamiento y diseño de escaparates y accesos a locales con variación
sobre los elementos preexistentes.
3.
Fachadas: Acondicionamiento y diseño completo de la fachada con variación sobre los elementos
preexistentes.
4.
Interior de Pisos y Locales
a.
Redistribución interior que no afecte al sistema estructural
b.
Cambio de materiales de acabado de suelos, techos, carpinterías
c.
Cambio de instalaciones interiores.
Lunes 12 de junio de 2023
a.
Demolición de edificio en ruina total (puede conllevar el deber de reconstrucción).
b.
Demolición total de edificio sin protección.
36279
Artículo 5.2.2.8 CONSERVACIÓN O MANTENIMIENTO. [E]
Son obras dirigidas al mantenimiento de las condiciones estructurales y elementos del edificio en estado de
salubridad, ornato exterior e interior y de las condiciones de habitabilidad de los espacios vivideros
existentes.
Quedan incluidas dentro de este apartado todas las reparaciones de los elementos arquitectónicos o de
instalaciones que se consideren en mal estado, así como las obras de mantenimiento interior y exterior,
como reparaciones de pisos, revocos o pinturas.
La reforma de las instalaciones se considera como obras de mantenimiento siempre y cuando no suponga
distorsión o transformación de los espacios existentes.
Las obras de mantenimiento en edificios incluidos en el Catálogo de Protección deberán cumplir las
siguientes condiciones:
•
No podrán alterar los acabados que caracterizan el edificio.
•
Deberán utilizarse los mismos materiales existentes en su origen y similares soluciones constructivas.
•
Están prohibidas las reproducciones miméticas de elementos antiguos que falseen la autenticidad
histórica del edificio.
•
En caso de que estuviera prevista, las obras de mantenimiento no podrán aumentar el valor de
expropiación.
Artículo 5.2.2.9 CONSOLIDACIÓN. [E]
Son obras dirigidas a la recuperación, refuerzo o reparación de las estructuras existentes con posible
sustitución parcial de éstas para asegurar la estabilidad del edificio.
En los edificios con alguna protección las obras deberán realizarse con los mismos materiales y sistemas
constructivos utilizados originalmente salvo que se justifique la necesidad de refuerzos especiales con otro
tipo de materiales, o por medidas de protección acústica, ambiental y energética, y de adaptación a
necesidades actuales.
Artículo 5.2.2.10 ADECUACIÓN O ACONDICIONAMIENTO. [E]
Son aquellas obras que manteniendo las características esenciales de la edificación existente realizan
reformas que alteran su organización general, la estructura arquitectónica y la distribución interior del
edificio.
Pueden ser de los siguientes tipos:
1.
Cubiertas: Construcción o reparación de cubiertas con inclusión de elementos permitidos en la
ordenanza (ventanas en faldón...)
2.
Fachadas de Locales: Acondicionamiento y diseño de escaparates y accesos a locales con variación
sobre los elementos preexistentes.
3.
Fachadas: Acondicionamiento y diseño completo de la fachada con variación sobre los elementos
preexistentes.
4.
Interior de Pisos y Locales
a.
Redistribución interior que no afecte al sistema estructural
b.
Cambio de materiales de acabado de suelos, techos, carpinterías
c.
Cambio de instalaciones interiores.