Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023AC0027)
Corrección de errores del Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Malpartida de Plasencia (PGM).
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NÚMERO 111
Lunes 12 de junio de 2023

g.
3.

36260

IC7: Almacenamiento de gas, petróleo y otros.

Infraestructuras singulares (DE-IS).

Artículo 4.2.7.3 SERVICIOS URBANOS. [E]
En el grupo de SERVICIOS URBANOS incluye los siguientes usos específicos:
1.

Cementerios (SU1).

2.

Tanatorios y servicios funerarios (DE-SU2).
a.

Con crematorio (SU2.a)

b.

Sin crematorio (SU2.b)

3.

Mataderos (SU3)

4.

Servicio de Limpieza (SU4).

5.

Servicios de carretera: Áreas de servicio y gasolineras.
a.

Gasolineras y servicio de carburantes (SU5.a)

b.

Áreas y Estaciones de Servicio. (SU5.b)

SUBCAPÍTULO 4.2.8. USO DOTACIONAL: TRANSPORTE (D-T).
Artículo 4.2.8.1 DEFINICIÓN Y USOS PORMENORIZADOS. [E]
Comprende las instalaciones destinadas a red viaria y ferroviaria, aeropuertos, etc., que quedan reguladas
por la normativa de la legislación sectorial de aplicación en cada caso.
Incluye los siguientes usos específicos:
1.

Redes de Transporte.
a.

Red viaria (RV).

b.

Red ferroviaria (RF).

2.

Terminal de Transportes (TT): Ferroviaria, Aeronáutica y Estación de Autobuses.

3.

Garajes y aparcamientos (AP), que comprenden los espacios destinados a la detención prolongada
de los vehículos a motor, situados en planta baja de las edificaciones principales, edificaciones
auxiliares, espacio interior de parcela, o plantas sótano y semisótano de la edificación. Se establece la
siguiente clasificación a los efectos de definición de condiciones particulares de uso, que serán
aplicables a los garajes y aparcamientos tanto públicos como privados:
a.

Categoría 1ª: Aparcamiento en bajos y sótanos de edificios con otro uso (AP1).

b.

Categoría 2ª: Aparcamiento en edificio exclusivo y edificios no residenciales (AP2).

c.

Categoría 3ª: Playas de estacionamiento de vehículos automóviles al aire libre, o cubiertos, pero
abiertos al menos por tres lados, así como pistas de prácticas de conducir (AP3).

d.

Categoría 4ª: Estacionamientos de bicicletas (AP4).

e.

Categoría 5ª. Estacionamientos subterráneos situados bajo espacio libre público o privado (AP5).

SUBCAPÍTULO 4.2.9. ACTIVIDADES AGRÍCOLAS (AA).
Artículo 4.2.9.1 DEFINICIÓN Y USOS PORMENORIZADOS. [E]
Se consideran agrícolas los usos relacionados directamente con la explotación de los recursos vegetales
del suelo.
A los efectos de la presente Normativa se establecen las siguientes categorías: