Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023AC0027)
Corrección de errores del Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Malpartida de Plasencia (PGM).
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NÚMERO 111
Lunes 12 de junio de 2023

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23. Establecimiento de vallas o cercas definitivas.
24. Construcción o derribo de cubiertas provisionales de una planta y de menos de cincuenta metros
cuadrados (50 m2) de superficie total.
25. Formación de jardines cuando no se trate de los privados complementarios a la edificación de la
parcela, que estén exceptuados de licencia.
26. Instalación de cabinas telefónicas, casetas y buzones de correos en la vía pública.
27. Tendejones, cobertizos y otras construcciones auxiliares en Suelo No Urbanizable, de superficie
igual o inferior a veinte metros cuadrados (20 m2).
Artículo 3.5.1.7 EXCEPCIONES. [D]
No están sujetos a licencia:
1.

Los trabajos propios de las labores agrícolas, ganaderas y forestales, siempre que no supongan
actos de edificación ni de transformación del perfil del terreno ni del aprovechamiento existentes.

2.

Las obras públicas declaradas de interés general eximidas expresamente por la legislación sectorial
y de ordenación del territorio y en particular las afectadas por la Ley 9/2014 General de
Telecomunicaciones, la Ley 12/2012, de Medidas Urgentes de liberalización del comercio y
determinados servicios, la Ley 37/2015 de Carreteras del Estado y de la Ley 7/95 de Carreteras de
Extremadura.

3.

Los actos amparados por orden de ejecución.

4.

Los actos promovidos por el Ayuntamiento en su propio término municipal; si bien requerirán de la
previa aprobación municipal del proyecto correspondiente, y sin perjuicio de los informes de otras
Administraciones y del sometimiento del proyecto al trámite ambiental que pudieran, en cada caso,
ser exigibles conforme al Ordenamiento en vigor.

Artículo 3.5.1.8 REQUISITOS DE LAS SOLICITUDES DE LICENCIAS Y OTROS INSTRUMENTOS. [D]
Atendiendo a los diferentes tipos de licencias, autorizaciones y comunicaciones previas, la solicitud deberá
acompañarse de la documentación siguiente.
A.

Licencias de parcelación.
Se exigirá la presentación de un Proyecto de Parcelación a escala mínima 1:500 sobre base topográfica
con curvas de nivel de metro en metro como mínimo, permitiéndose excepcionalmente otras escalas y
características topográficas si el documento lo requiere, con copia del plano catastral en que se delimiten
las parcelas afectadas y su configuración previa a la parcelación, y con la inclusión de las cédulas
urbanísticas y alineaciones oficiales correspondientes a cada parcela resultante, cuando así lo exija el
Ayuntamiento.
Toda la documentación se entregará en papel, formato A4 o asimilado, y en soporte digital en los formatos
que determine el Ayuntamiento.

B.

Autorizaciones de urbanización.
Se exigirá la presentación de Proyecto de Urbanización o Proyectos de Obras, visado y suscrito por técnico
competente realizados de acuerdo con las Normas Generales de Urbanización que se señalan en este
documento, con el contenido preciso que exige la legislación vigente en materia de ordenación urbanística.
Toda la documentación se entregará en papel y en soporte digital en los formatos que determine el
Ayuntamiento.

C.

Licencias de obra mayor.
Previamente a la solicitud de licencia, se habrá solicitado y obtenido del Ayuntamiento la correspondiente
alineación oficial, conforme a lo previsto en la presente Normativa.
La documentación que acompañará la solicitud de licencia será:
1.

Certificado acreditativo del señalamiento de línea y rasante.