Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062220)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de aprovechamiento de un recurso de la Sección A) El Toconal, n.º 983-00, cuya promotora es Áridos Pajuelo e Hijos, SL, en el término municipal de Campanario (Badajoz). Expte.: IA19/1192.
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NÚMERO 110
Viernes 9 de junio de 2023
36062
de cuarenta y ocho horas a la Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio
Cultural, medida contemplada en el artículo 54 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo,
de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, según lo previsto en el informe
de afección arqueológica favorable emitido por dicha Dirección General.
D.3. Medidas para la restauración conforme se desarrolla el aprovechamiento y medidas
para el plan de restauración una vez finalizada explotación.
1. S
e evitará dejar montoneras, acopios, escombreras o residuos de cualquier tipo
de forma incontrolada, teniendo en cuenta que está prohibido el abandono, vertido o depósito incontrolado de residuos mineros. El material de rechazo de la
explotación, así como el suelo o tierra vegetal retirado previamente, se depositará
en los lugares destinado a ello y se empleará en su totalidad en las labores de
restauración.
2. L
os huecos de la explotación de los frentes se rehabilitarán según avance la explotación de nuevos frentes y según el calendario del plan de restauración.
3. L
a restauración del área afectada por la actividad extractiva se encaminará a la
recuperación del uso agrícola anterior del espacio afectado. Se deberá ejecutar
en su totalidad las medidas previstas para la rehabilitación del espacio natural
afectado por la actividad que se recogen en el Plan de Restauración presentado
para el proyecto de aprovechamiento minero, en especial las encaminadas a ampliar los importantes refugios ecológicos existentes para la avifauna en las zonas
extraídas y dar continuidad paisajística al entorno afectado por la restauración de
las distintas fases.
4. L
a restauración final de los taludes se llevará a cabo en la época del año cuando
las colonias de avión zapador (Riparia riparia) o abejaruco (Merops apiaster) no
están presentes. Se realizará una parada biológica en las zonas de colonia reproductora, si se considera necesario. Para el avión zapador, el periodo de cría se extiende entre marzo-abril y agosto-septiembre, ya que puede efectuar dos puestas
anuales. El periodo de reproducción para el abejaruco se extendería desde abril a
julio incluido.
5. L
a rehabilitación del terreno y relleno de huecos ha de hacerse de tal forma que el
suelo final de la explotación alcance, al menos, la misma clasificación agronómica
que la que tenía previamente.
6. L
os huecos de la explotación se rellenarán con material de rechazo procedente de
la planta de tratamiento del todo-uno extraído, donde se generarán dos tipos de
Viernes 9 de junio de 2023
36062
de cuarenta y ocho horas a la Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio
Cultural, medida contemplada en el artículo 54 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo,
de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, según lo previsto en el informe
de afección arqueológica favorable emitido por dicha Dirección General.
D.3. Medidas para la restauración conforme se desarrolla el aprovechamiento y medidas
para el plan de restauración una vez finalizada explotación.
1. S
e evitará dejar montoneras, acopios, escombreras o residuos de cualquier tipo
de forma incontrolada, teniendo en cuenta que está prohibido el abandono, vertido o depósito incontrolado de residuos mineros. El material de rechazo de la
explotación, así como el suelo o tierra vegetal retirado previamente, se depositará
en los lugares destinado a ello y se empleará en su totalidad en las labores de
restauración.
2. L
os huecos de la explotación de los frentes se rehabilitarán según avance la explotación de nuevos frentes y según el calendario del plan de restauración.
3. L
a restauración del área afectada por la actividad extractiva se encaminará a la
recuperación del uso agrícola anterior del espacio afectado. Se deberá ejecutar
en su totalidad las medidas previstas para la rehabilitación del espacio natural
afectado por la actividad que se recogen en el Plan de Restauración presentado
para el proyecto de aprovechamiento minero, en especial las encaminadas a ampliar los importantes refugios ecológicos existentes para la avifauna en las zonas
extraídas y dar continuidad paisajística al entorno afectado por la restauración de
las distintas fases.
4. L
a restauración final de los taludes se llevará a cabo en la época del año cuando
las colonias de avión zapador (Riparia riparia) o abejaruco (Merops apiaster) no
están presentes. Se realizará una parada biológica en las zonas de colonia reproductora, si se considera necesario. Para el avión zapador, el periodo de cría se extiende entre marzo-abril y agosto-septiembre, ya que puede efectuar dos puestas
anuales. El periodo de reproducción para el abejaruco se extendería desde abril a
julio incluido.
5. L
a rehabilitación del terreno y relleno de huecos ha de hacerse de tal forma que el
suelo final de la explotación alcance, al menos, la misma clasificación agronómica
que la que tenía previamente.
6. L
os huecos de la explotación se rellenarán con material de rechazo procedente de
la planta de tratamiento del todo-uno extraído, donde se generarán dos tipos de