Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2023050150)
Orden de 5 de junio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la prestación de servicios y el desarrollo de proyectos dirigidos a personas con discapacidad, trastorno mental grave o enfermedad mental grave.
70 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 109

35398

Jueves 8 de junio de 2023

y eficacia, al estar la iniciativa normativa justificada por la necesidad de prestar servicios y
desarrollar proyectos dirigidos tanto a personas con discapacidad como a personas con trastorno mental grave o enfermedad mental grave.
En cumplimiento del principio de proporcionalidad, la norma establece una regulación acorde con las normas jurídicas que le sirven de marco y adecuada para atender la necesidad a
cubrir: el establecimiento de las bases reguladoras para el otorgamiento de las subvenciones
necesarias para que los Ayuntamientos y las entidades privadas sin fin de lucro puedan desarrollar la prestación de los servicios y el desarrollo de los proyectos referidos.
Por otra parte, en virtud del principio de seguridad jurídica, esta orden es coherente con el
conjunto del ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación. Igualmente, se ha tenido en
cuenta el principio de transparencia, definiéndose el objeto y ámbito de aplicación, así como
se ha promovido la participación de las personas y entidades potencialmente destinatarias o
aquellas interesadas. A tal efecto, en el proceso de elaboración de la orden se cumplen los
trámites de consulta previa y de audiencia e información pública previstos en el artículo 133
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, esta orden, establece criterios objetivos
y claros sobre el ciclo completo de gestión de la tramitación de las subvenciones, y persigue
una correcta utilización de los recursos públicos.
Esta orden se integra en los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres; así como en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura.
En su virtud, de conformidad con los artículos 36.f y 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y 16 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
a propuesta de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía
y Atención a la Dependencia,
DISPONGO
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de actuación.
El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
dirigidas a financiar, total o parcialmente, el desarrollo de proyectos y la prestación de servi-