Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2023050150)
Orden de 5 de junio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la prestación de servicios y el desarrollo de proyectos dirigidos a personas con discapacidad, trastorno mental grave o enfermedad mental grave.
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NÚMERO 109
Jueves 8 de junio de 2023

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los costes imputados por la entidad a gastos personal de Atención Indirecta y gastos
de funcionamiento y mantenimiento, no podrán superar, conjuntamente, la limitación
establecida para dichos gastos en el Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se
regula el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura para dicho servicio.
P
 ara el caso de que la justificación económica de la anualidad anterior no haya sido presentada en los plazos establecidos en las bases reguladoras, se aplicará el procedimiento
de proporcionalidad entre la justificación presentada y el periodo pendiente de aportar.
Asimismo, se aplicará la correspondiente proporcionalidad en el caso de que el número
de personas usuarias a atender sea superior al del ejercicio tomado como referencia.
Para aquellas entidades que se encuentren por primera vez en esta situación, les será
de aplicación, por analogía, el mismo precio que se establezca a entidad que preste
servicios al mismo perfil de persona usuaria.
b) Plazas en Residencias de Apoyo Intermitente o Limitado:


— Para personas con discapacidad intelectual, reconocida por los Centros de Atención a
la Discapacidad en Extremadura (CADEX), máximo 28,36 euros/día.

c) Plazas en viviendas tuteladas:


— Para personas con discapacidad intelectual, reconocida por los Centros de Atención a
la Discapacidad en Extremadura (CADEX), máximo 28,36 euros/día.

d) Plazas en Centros de Día (en régimen de comida y transporte):


— Para personas con discapacidad gravemente afectadas reconocida por los Centros de
Atención a la Discapacidad en Extremadura (CADEX), máximo 34,04 euros/día.

— Para personas con discapacidad gravemente afectadas con alteraciones graves y
continuadas de conducta reconocida por los Centros de Atención a la Discapacidad
en Extremadura (CADEX), máximo 48,78 euros/día.


— Para personas con parálisis cerebral o trastorno del espectro autista, reconocida por
los Centros de Atención a la Discapacidad en Extremadura (CADEX), máximo 48,78
euros/día.

e) P
 lazas en Centros Ocupacionales:


— Para personas con discapacidad intelectual, parálisis cerebral o trastorno del espectro autista reconocidos por los Centros de Atención a la Discapacidad en Extremadura (CADEX):