Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Aprovechamientos Forestales. Subvenciones. (2023040061)
Decreto 26/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a inversiones en tecnologías forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprueba la primera y única convocatoria, y se modifica el Decreto 51/2017, de 18 de abril, por el que se regula el régimen de subvenciones destinadas al apoyo a la regeneración en terrenos adehesados de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 108
Miércoles 7 de junio de 2023
35163
caso se establece y serán dirigidas al titular de la Dirección General competente en
materia de montes y aprovechamientos forestales.
El contenido técnico de la solicitud deberá ser elaborado por personal con titulación
universitaria con competencias, industrial, forestal o agraria, relacionada con el objeto de este decreto, y firmada juntamente con la persona solicitante. La solicitud
incorporará declaración responsable en la que, además de su competencia profesional, se manifieste el cumplimiento de todos los requisitos exigidos a las superficies
forestales incluidas en la misma.
Las personas solicitantes que sean personas físicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrán optar entre las siguientes
formas de presentación de solicitudes:
• Cumplimentando el modelo normalizado de solicitud en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura,
a través de la plataforma ARADO: https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login.
• Utilizando el modelo normalizado de solicitud, disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es en el
apartado de Solicitud y anexos del trámite, así como el resto de documentación
que la acompañe, a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/
registroGeneral.jsf), o en cualquiera de los registros electrónicos previstos en el
artículo16.4.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura previstas
en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta
un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo
en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
así como en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• En todo caso, las personas jurídicas estarán obligadas a presentar por medios
telemáticos la solicitud a través del portal oficial de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura
https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login (aplicación informática “ARADO”)
Miércoles 7 de junio de 2023
35163
caso se establece y serán dirigidas al titular de la Dirección General competente en
materia de montes y aprovechamientos forestales.
El contenido técnico de la solicitud deberá ser elaborado por personal con titulación
universitaria con competencias, industrial, forestal o agraria, relacionada con el objeto de este decreto, y firmada juntamente con la persona solicitante. La solicitud
incorporará declaración responsable en la que, además de su competencia profesional, se manifieste el cumplimiento de todos los requisitos exigidos a las superficies
forestales incluidas en la misma.
Las personas solicitantes que sean personas físicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrán optar entre las siguientes
formas de presentación de solicitudes:
• Cumplimentando el modelo normalizado de solicitud en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura,
a través de la plataforma ARADO: https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login.
• Utilizando el modelo normalizado de solicitud, disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es en el
apartado de Solicitud y anexos del trámite, así como el resto de documentación
que la acompañe, a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/
registroGeneral.jsf), o en cualquiera de los registros electrónicos previstos en el
artículo16.4.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura previstas
en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta
un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo
en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
así como en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• En todo caso, las personas jurídicas estarán obligadas a presentar por medios
telemáticos la solicitud a través del portal oficial de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura
https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login (aplicación informática “ARADO”)