Consejería De Educación Y Empleo. Educación De Adultos. Admisión De Alumnos. (2023062095)
Resolución de 23 de mayo de 2023 de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convoca la admisión del alumnado en centros docentes que imparten Enseñanzas Iniciales, Enseñanza Secundaria, Bachillerato y programas no formales, dirigidas a personas adultas durante el curso 2023/2024.
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NÚMERO 104
Jueves 1 de junio de 2023
34346
5. La no cumplimentación de los campos considerados obligatorios impedirá la presentación
de la solicitud telemática.
6. Las personas que presenten la solicitud podrán oponerse a que la Consejería de Educación
y Empleo haga pública la condición de discapacidad de la persona solicitante igual o superior del 33 % en los listados de adjudicación. No obstante, lo anterior, todas las personas
presentadoras de solicitud tendrán acceso, previa petición escrita a la dirección del centro
en el que presentaron su solicitud, al resultado detallado de las adjudicaciones de todas las
personas solicitantes que compiten con ellas por una plaza escolar.
Octavo. Documentación.
1. La documentación necesaria que deberá acompañar a la solicitud de admisión para comprobación de requisitos es la siguiente:
a) Requisitos de acceso:
i. Acreditación de la identidad del solicitante. Conforme a lo establecido en el artículo
28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 53.1.d) de la misma norma, el órgano
gestor recabará de oficio dicha información del Sistema de Verificación de Identidad.
En caso de que el solicitante se oponga, deberá aportar el documento nacional de
identidad, número de identificación de extranjeros, pasaporte o tarjeta de residencia
en vigor.
ii. Acreditación que cumple los requisitos de acceso previsto en el resuelvo dos de esta
resolución.
1. Documentación que acredite la consideración de deportista de alto rendimiento. Deberá aportarse certificación del dictamen emitido por el órgano público
competente.
2. Documentación que acredite que tiene un contrato laboral que no le permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario, para los alumnos mayores de
16 años. El interesado deberá aportar los siguientes documentos: certificación de
la Tesorería general de la Seguridad Social o de la Mutualidad Laboral a la que estuviera afiliado el solicitante, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo
de cotización) y el período de contratación o certificación de la Empresa, en la que
conste fehacientemente la duración del contrato, la actividad desarrollada.
b) Criterios de prioridad, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Orden
de 12 de junio de 2020:
i. Sin formación básica. Sin estudios previos.
Jueves 1 de junio de 2023
34346
5. La no cumplimentación de los campos considerados obligatorios impedirá la presentación
de la solicitud telemática.
6. Las personas que presenten la solicitud podrán oponerse a que la Consejería de Educación
y Empleo haga pública la condición de discapacidad de la persona solicitante igual o superior del 33 % en los listados de adjudicación. No obstante, lo anterior, todas las personas
presentadoras de solicitud tendrán acceso, previa petición escrita a la dirección del centro
en el que presentaron su solicitud, al resultado detallado de las adjudicaciones de todas las
personas solicitantes que compiten con ellas por una plaza escolar.
Octavo. Documentación.
1. La documentación necesaria que deberá acompañar a la solicitud de admisión para comprobación de requisitos es la siguiente:
a) Requisitos de acceso:
i. Acreditación de la identidad del solicitante. Conforme a lo establecido en el artículo
28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 53.1.d) de la misma norma, el órgano
gestor recabará de oficio dicha información del Sistema de Verificación de Identidad.
En caso de que el solicitante se oponga, deberá aportar el documento nacional de
identidad, número de identificación de extranjeros, pasaporte o tarjeta de residencia
en vigor.
ii. Acreditación que cumple los requisitos de acceso previsto en el resuelvo dos de esta
resolución.
1. Documentación que acredite la consideración de deportista de alto rendimiento. Deberá aportarse certificación del dictamen emitido por el órgano público
competente.
2. Documentación que acredite que tiene un contrato laboral que no le permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario, para los alumnos mayores de
16 años. El interesado deberá aportar los siguientes documentos: certificación de
la Tesorería general de la Seguridad Social o de la Mutualidad Laboral a la que estuviera afiliado el solicitante, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo
de cotización) y el período de contratación o certificación de la Empresa, en la que
conste fehacientemente la duración del contrato, la actividad desarrollada.
b) Criterios de prioridad, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Orden
de 12 de junio de 2020:
i. Sin formación básica. Sin estudios previos.