Consejería De Educación Y Empleo. Educación De Adultos. Admisión De Alumnos. (2023062095)
Resolución de 23 de mayo de 2023 de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convoca la admisión del alumnado en centros docentes que imparten Enseñanzas Iniciales, Enseñanza Secundaria, Bachillerato y programas no formales, dirigidas a personas adultas durante el curso 2023/2024.
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NÚMERO 104
Jueves 1 de junio de 2023



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i. Convalidaciones. Acreditación del expediente académico de alumnos que han cursado
Educación Secundaria Obligatoria. El órgano gestor recabará la información académica en la Plataforma Educativa Rayuela. En el caso de estudios cursados con anterioridad al año 2008 o que no se hubiesen obtenido o superados en centros sostenidos
con fondos públicos de Extremadura el interesado deberá aportarlo con la solicitud.
Los resultados de la convalidación eximirán al interesado de cursar el módulo o módulos que se consideren superados, y en la calificación se consignarán con el término
de convalidado (CV) y no serán tenidos en cuenta a efectos del cálculo de la nota
media.



ii. Reconocimiento. Acreditación de módulos o ámbitos superados con anterioridad en
Educación Secundaria para personas adultas, conforme lo establecido en el artículo
29 del Decreto 27/2019, de 1 de abril, que regula la Enseñanza Secundaria para
personas adultas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba su currículo. El órgano gestor recabará la información académica en la Plataforma Educativa
Rayuela. En el caso de estudios cursados con anterioridad al año 2008 o que no se
hubiesen obtenido o superados en centros sostenidos con fondos públicos de Extremadura el interesado deberá aportarlo con la solicitud. Los resultados del reconocimiento de módulos o ámbitos superados en la Educación Secundaria para personas
adultas se consignarán con el término “Reconocido” (R+ nota) y serán tenidos en
cuenta a los efectos del cálculo la nota media.

iii. 
Exenciones. Acreditación y valoración de aprendizajes y experiencias adquiridas
a través de la educación no formal conforme lo establecido en el artículo 27.7 del
Decreto 27/2019, de 1 de abril, que regula la Enseñanza Secundaria para personas
adultas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba su currículo. El
órgano gestor consultará o recabará la información académica en la Plataforma
Educativa Rayuela. En el caso de estudios cursados con anterioridad al año 2008 o
que no se hubiesen obtenido o superados en centros sostenidos con fondos públicos
de Extremadura el interesado deberá aportarlo con la solicitud. Los resultados de la
exención se consignarán en la calificación con el término “Exento” (EX) y no serán
tenidos en cuenta para el cálculo de la nota media.
2. No obstante, en el caso de que no se pudiera obtener la información que se menciona en
este resuelvo, o de que la persona solicitante se oponga a la consulta, ésta deberá aportar de acuerdo con el artículo 26.2 de la Ley 39/2015, copia auténtica o un certificado en
formato electrónico válido de los documentos oficiales para que la Administración educativa pueda comprobar su necesaria exactitud, veracidad y que acrediten en cada caso las
circunstancias alegadas. En caso de que esto no sea posible, se aportará una copia simple.