Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio Exterior. Subvenciones. (2023050146)
Orden de 25 de mayo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación en la formación práctica del programa de formación avanzada para técnicos de comercio exterior (Formacoex Plus).
38 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 104
Jueves 1 de junio de 2023
34187
d) Incumplimiento de las condiciones impuestas a las personas beneficiarias en la resolución de concesión.
e) S
e entenderá también como causa de incumplimiento la renuncia no justificada a la
participación en la línea de ayuda.
f) No realización de las actividades recogidas en la convocatoria.
g) No guardar y mantener secreto profesional sobre los conocimientos adquiridos durante
la fase de práctica.
h) N
o someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente,
aportando cuanta información le sea requerida.
i) La no comunicación a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, de la
obtención de otro tipo de ayudas, ingresos o recursos que financien las mismas actividades, así como el incumplimiento de la obligación de notificar el estado de tramitación
o de resolución de cualquier ayuda que haya sido solicitada para el mismo fin.
j) No comunicar a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, cualquier incidencia que pueda afectar al desarrollo del proyecto o actuación.
k) Cualesquiera otras que vengan establecidas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
l) También será causa de incumplimiento el no cumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes bases, en la convocatoria, o en la resolución de concesión.
2. C
orresponde a la persona titular del cargo de Consejero/a Delegado/a de Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, declarar la pérdida del derecho a la percepción
de la subvención concedida, parcial o total, cuando el beneficiario no haya percibido cantidad alguna del importe de la misma.
3. C
orresponde a la Secretaría General de Economía y Comercio, la revocación y reintegro
total o parcial de la subvención concedida cuando el beneficiario ya haya percibido alguna
cantidad correspondiente a la misma, así como la exigencia del interés de demora devengado desde el momento efectivo del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, sin perjuicio de las demás acciones legales que procedan.
4. E
l equipo técnico de tutorización y seguimiento o quién en su caso éste designe, supervisará la existencia de los posibles incumplimientos. Si el importe justificado fuera por cuantía
inferior al aprobado en la Resolución de concesión, se procederá al pago de la subvención
Jueves 1 de junio de 2023
34187
d) Incumplimiento de las condiciones impuestas a las personas beneficiarias en la resolución de concesión.
e) S
e entenderá también como causa de incumplimiento la renuncia no justificada a la
participación en la línea de ayuda.
f) No realización de las actividades recogidas en la convocatoria.
g) No guardar y mantener secreto profesional sobre los conocimientos adquiridos durante
la fase de práctica.
h) N
o someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente,
aportando cuanta información le sea requerida.
i) La no comunicación a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, de la
obtención de otro tipo de ayudas, ingresos o recursos que financien las mismas actividades, así como el incumplimiento de la obligación de notificar el estado de tramitación
o de resolución de cualquier ayuda que haya sido solicitada para el mismo fin.
j) No comunicar a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, cualquier incidencia que pueda afectar al desarrollo del proyecto o actuación.
k) Cualesquiera otras que vengan establecidas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
l) También será causa de incumplimiento el no cumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes bases, en la convocatoria, o en la resolución de concesión.
2. C
orresponde a la persona titular del cargo de Consejero/a Delegado/a de Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, declarar la pérdida del derecho a la percepción
de la subvención concedida, parcial o total, cuando el beneficiario no haya percibido cantidad alguna del importe de la misma.
3. C
orresponde a la Secretaría General de Economía y Comercio, la revocación y reintegro
total o parcial de la subvención concedida cuando el beneficiario ya haya percibido alguna
cantidad correspondiente a la misma, así como la exigencia del interés de demora devengado desde el momento efectivo del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, sin perjuicio de las demás acciones legales que procedan.
4. E
l equipo técnico de tutorización y seguimiento o quién en su caso éste designe, supervisará la existencia de los posibles incumplimientos. Si el importe justificado fuera por cuantía
inferior al aprobado en la Resolución de concesión, se procederá al pago de la subvención