Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio Exterior. Subvenciones. (2023050146)
Orden de 25 de mayo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación en la formación práctica del programa de formación avanzada para técnicos de comercio exterior (Formacoex Plus).
38 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 104
Jueves 1 de junio de 2023
34186
2. E
n todo caso, el pago mensual se realizará en un plazo máximo de 10 días hábiles a contar
desde el momento de la justificación de las actividades subvencionables.
3. L
a persona beneficiaria deberá hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias, frente a la Seguridad Social, la Hacienda Estatal y la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el momento de cada uno de los pagos que se le realice.
Artículo 21. Derechos de las personas beneficiarias.
1. E
xtremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, procederá a la inclusión de la persona beneficiaria en el Régimen General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y
condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que
participen en líneas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional
tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, desde la fecha de su incorporación a la formación
práctica, con las obligaciones y derechos que de ello se deriven.
2. Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, realizará el pago de la subvención
a la persona beneficiaria en los términos previstos en el artículo 20, previo cumplimiento de
las justificaciones que en cada caso correspondiesen, conforme a lo previsto en el artículo 19.
3. F
inalizado el periodo de disfrute de la formación y con posterioridad a la presentación de
la memoria final, se extenderá por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a
Pymes, SLU, el pertinente certificado de participación en la línea FORMACOEX PLUS EXTREMADURA o EXTERIOR en su caso.
Artículo 22. Incumplimiento de condiciones, reintegro y graduación de su alcance.
1. S
erán causas de incumplimiento, que darán lugar a la revocación parcial o total de la
resolución de concesión, además de las previstas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las siguientes:
a) El Incumplimiento de la obligación de justificación, justificación insuficiente o justificación fuera del plazo establecido.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión en los datos suministrados por la persona
beneficiaria que hayan servido de base para la concesión u ocultando aquellas que lo
hubieran impedido.
c) Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.
Jueves 1 de junio de 2023
34186
2. E
n todo caso, el pago mensual se realizará en un plazo máximo de 10 días hábiles a contar
desde el momento de la justificación de las actividades subvencionables.
3. L
a persona beneficiaria deberá hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias, frente a la Seguridad Social, la Hacienda Estatal y la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el momento de cada uno de los pagos que se le realice.
Artículo 21. Derechos de las personas beneficiarias.
1. E
xtremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, procederá a la inclusión de la persona beneficiaria en el Régimen General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y
condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que
participen en líneas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional
tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, desde la fecha de su incorporación a la formación
práctica, con las obligaciones y derechos que de ello se deriven.
2. Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, realizará el pago de la subvención
a la persona beneficiaria en los términos previstos en el artículo 20, previo cumplimiento de
las justificaciones que en cada caso correspondiesen, conforme a lo previsto en el artículo 19.
3. F
inalizado el periodo de disfrute de la formación y con posterioridad a la presentación de
la memoria final, se extenderá por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a
Pymes, SLU, el pertinente certificado de participación en la línea FORMACOEX PLUS EXTREMADURA o EXTERIOR en su caso.
Artículo 22. Incumplimiento de condiciones, reintegro y graduación de su alcance.
1. S
erán causas de incumplimiento, que darán lugar a la revocación parcial o total de la
resolución de concesión, además de las previstas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las siguientes:
a) El Incumplimiento de la obligación de justificación, justificación insuficiente o justificación fuera del plazo establecido.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión en los datos suministrados por la persona
beneficiaria que hayan servido de base para la concesión u ocultando aquellas que lo
hubieran impedido.
c) Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.