Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062103)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Urbaser, SA, y su personal adscrito al Ecoparque de Villanueva de la Serena".
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NÚMERO 103
Miércoles 31 de mayo de 2023

34067

Artículo 35º. Ropa de trabajo.
La empresa entregará, al iniciarse la actividad del trabajador/a en la empresa, y en base a la
estacionalidad de la misma, las siguientes prendas de trabajo:
Verano: Un pantalón tergal, una camisa.
Invierno: Un pantalón pana, una camisa, un jersey.
Bianualmente: Un anorak.
En caso de que las prendas de trabajo se deterioraran por alguna causa no imputable al
trabajador/a, se le entregarían otras prendas para reponer las deterioradas, previa justificación y entrega de las mismas.
La empresa entregará un par de calzado al iniciarse la actividad del trabajador/a en la empresa, siendo el reglamentario para cada puesto de trabajo. Al tratarse de un EPI la empresa
sustituirá el calzado cuando sea necesario por su deterioro, debiendo el trabajador/a hacer
entrega del calzado anterior al igual que se hace con el resto de EPI´S.
Artículo 36º. Obligaciones de los trabajadores/as.
Las obligaciones de los trabajadores/as están contenidas fundamentalmente en el artículo 29
de la LPRL y en el artículo 19 del ET.
El incumplimiento por los trabajadores/as de las obligaciones en materia de prevención de
riesgos, tendrá la consideración de incumplimiento laboral, a los efectos previstos en el artículo 58.1 del ET.
Artículo 37º. Comité de seguridad y salud.
Se estará a lo dispuesto en el capítulo V de la LPRL.
La Empresa deberá proporcionar al Comité de seguridad y salud, los medios de formación
en materia preventiva que resulten necesarios para el ejercicio de sus funciones, dentro del
horario de trabajo o fuera de la jornada laboral, siendo este tiempo considerado a todos los
efectos como tiempo trabajado.
Así mismo, el Comité de seguridad y salud deberá guardar el sigilo profesional debido respecto
a las informaciones a que tuvieran acceso como consecuencia de su actuación en la empresa.
El Comité de seguridad y salud, tendrá las competencias y en función de estas, las facultades
en materia de prevención, según lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 31/1995, de 8 de
noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.