Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062103)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Urbaser, SA, y su personal adscrito al Ecoparque de Villanueva de la Serena".
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NÚMERO 103
Miércoles 31 de mayo de 2023
34068
Artículo 38º. Garantías sindicales.
Los/as trabajadores/as/as tienen derecho a celebrar asambleas, fuera del horario de trabajo,
en el recinto del centro de trabajo previa autorización de la empresa.
Para asuntos sindicales de importancia, que requiriesen el asesoramiento de los Sindicatos o
Centrales Sindicales, se posibilitaría el acceso a los centros de trabajo a representantes sindicales, no perteneciente a la empresa, previa notificación y autorización de la misma.
Los delegados de personal podrán, fuera de las horas de trabajo y sin perturbar la actividad
normal de la empresa, informar a sus compañeros sobre cuestiones laborales y sindicales en
el ámbito del centro de trabajo. Asimismo, podrán fijar comunicados de carácter laboral y
sindical en el tablón de anuncios habilitado por la empresa.
Para el uso de las citadas horas, se dará cuenta a la Empresa con una antelación mínima de
24 horas.
Disposición adicional 1ª.
Para los años de vigencia del presente convenio, se establecen los siguientes incrementos
salariales:
— 2022 se incrementarán las tablas salariales de 2021 un 3% para todas las categorías,
a excepción de los peones especializados, auxiliares administrativos y maquinistas que
constará de un 5%.
— 2023 se incrementarán las tablas salariales de 2022 un 3% para todas las categorías,
a excepción de los peones especializados, auxiliares administrativos y maquinistas que
constará de un 5%.
Disposición adicional 2ª.
En el redactado del presente Convenio Colectivo se hará uso del género neutro ya que se ha
utilizado el masculino como genérico para englobar a trabajadores y trabajadoras, sin que
esto suponga ignorancia de la diferencia de género existente, al efecto de no realizar una
escritura demasiado compleja y extensiva.
Disposición adicional 3ª.
Todas las remisiones legales y convencionales referidas en el presente Convenio colectivo
serán de aplicación en cuanto se ajusten a la vigencia de la norma legal o convencionalmente
establecida, adaptándose, por tanto, dichas remisiones a la ley o convenio que en el tiempo
rija cada acto.
Miércoles 31 de mayo de 2023
34068
Artículo 38º. Garantías sindicales.
Los/as trabajadores/as/as tienen derecho a celebrar asambleas, fuera del horario de trabajo,
en el recinto del centro de trabajo previa autorización de la empresa.
Para asuntos sindicales de importancia, que requiriesen el asesoramiento de los Sindicatos o
Centrales Sindicales, se posibilitaría el acceso a los centros de trabajo a representantes sindicales, no perteneciente a la empresa, previa notificación y autorización de la misma.
Los delegados de personal podrán, fuera de las horas de trabajo y sin perturbar la actividad
normal de la empresa, informar a sus compañeros sobre cuestiones laborales y sindicales en
el ámbito del centro de trabajo. Asimismo, podrán fijar comunicados de carácter laboral y
sindical en el tablón de anuncios habilitado por la empresa.
Para el uso de las citadas horas, se dará cuenta a la Empresa con una antelación mínima de
24 horas.
Disposición adicional 1ª.
Para los años de vigencia del presente convenio, se establecen los siguientes incrementos
salariales:
— 2022 se incrementarán las tablas salariales de 2021 un 3% para todas las categorías,
a excepción de los peones especializados, auxiliares administrativos y maquinistas que
constará de un 5%.
— 2023 se incrementarán las tablas salariales de 2022 un 3% para todas las categorías,
a excepción de los peones especializados, auxiliares administrativos y maquinistas que
constará de un 5%.
Disposición adicional 2ª.
En el redactado del presente Convenio Colectivo se hará uso del género neutro ya que se ha
utilizado el masculino como genérico para englobar a trabajadores y trabajadoras, sin que
esto suponga ignorancia de la diferencia de género existente, al efecto de no realizar una
escritura demasiado compleja y extensiva.
Disposición adicional 3ª.
Todas las remisiones legales y convencionales referidas en el presente Convenio colectivo
serán de aplicación en cuanto se ajusten a la vigencia de la norma legal o convencionalmente
establecida, adaptándose, por tanto, dichas remisiones a la ley o convenio que en el tiempo
rija cada acto.