Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062037)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 1/2022 de las Normas Subsidiarias de Calera de León. Expte.: IA23/0055.
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NÚMERO 102
33803
Martes 30 de mayo de 2023
que se destine y sin perjuicio del obligado cumplimiento de las condiciones higiénico-sanitarias establecidas en la legislación vigente”, y parcela mínima, incluyendo el párrafo “No
obstante, serán consideradas como edificables, a los efectos de cumplimiento de parcela
mínima, aquellas parcelas que no reúnan las condiciones anteriores, pero se encuentren
inscritas en el Registro de la Propiedad o en el Catastro con anterioridad a la fecha de
publicación de la aprobación definitiva de estas Normas Subsidiarias”. Para la Ordenanza
2 “Edificación manzana patio de manzana (MM)”, Ordenanza 3 “Edificación en hilera (EH),
Ordenanza 4 “Edificación aislada (EA)” y Ordenanza 5“Edificación industrial (NI)” se modifica la parcela mínima incluyendo el párrafo “No obstante, serán consideradas como edificables, a los efectos de cumplimiento de parcela mínima, aquellas parcelas que no reúnan
las condiciones anteriores, pero se encuentren inscritas en el Registro de la Propiedad o en
el Catastro con anterioridad a la fecha de publicación de la aprobación definitiva de estas
Normas Subsidiarias”.
2. Consultas
Con fecha 8 de marzo de 2023, el Ayuntamiento de Calera de León presenta ante la Dirección General de Sostenibilidad, la solicitud de inicio a evaluación ambiental estratégica
simplificada junto al documento ambiental estratégico y el borrador de la modificación
puntual, para su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada.
El artículo 51 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, establece que el órgano ambiental consultará a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, poniendo a su disposición el
documento ambiental estratégico y el borrador del plan o programa, debiendo las Administraciones públicas afectadas y las personas interesadas consultadas pronunciarse en el
plazo máximo de veinte días hábiles desde la recepción de la solicitud de informe.
Para dar cumplimiento a dicho trámite, con fecha 14 de marzo de 2023, se realizaron
consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas que se
relacionan en la tabla adjunta. Se han señalado con una «X» aquellas Administraciones
Públicas y personas interesadas que han emitido respuesta.
LISTADO DE CONSULTADOS
RESPUESTAS
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
-
DG de Política Forestal
-
Servicio de Ordenación del Territorio
-
33803
Martes 30 de mayo de 2023
que se destine y sin perjuicio del obligado cumplimiento de las condiciones higiénico-sanitarias establecidas en la legislación vigente”, y parcela mínima, incluyendo el párrafo “No
obstante, serán consideradas como edificables, a los efectos de cumplimiento de parcela
mínima, aquellas parcelas que no reúnan las condiciones anteriores, pero se encuentren
inscritas en el Registro de la Propiedad o en el Catastro con anterioridad a la fecha de
publicación de la aprobación definitiva de estas Normas Subsidiarias”. Para la Ordenanza
2 “Edificación manzana patio de manzana (MM)”, Ordenanza 3 “Edificación en hilera (EH),
Ordenanza 4 “Edificación aislada (EA)” y Ordenanza 5“Edificación industrial (NI)” se modifica la parcela mínima incluyendo el párrafo “No obstante, serán consideradas como edificables, a los efectos de cumplimiento de parcela mínima, aquellas parcelas que no reúnan
las condiciones anteriores, pero se encuentren inscritas en el Registro de la Propiedad o en
el Catastro con anterioridad a la fecha de publicación de la aprobación definitiva de estas
Normas Subsidiarias”.
2. Consultas
Con fecha 8 de marzo de 2023, el Ayuntamiento de Calera de León presenta ante la Dirección General de Sostenibilidad, la solicitud de inicio a evaluación ambiental estratégica
simplificada junto al documento ambiental estratégico y el borrador de la modificación
puntual, para su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada.
El artículo 51 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, establece que el órgano ambiental consultará a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, poniendo a su disposición el
documento ambiental estratégico y el borrador del plan o programa, debiendo las Administraciones públicas afectadas y las personas interesadas consultadas pronunciarse en el
plazo máximo de veinte días hábiles desde la recepción de la solicitud de informe.
Para dar cumplimiento a dicho trámite, con fecha 14 de marzo de 2023, se realizaron
consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas que se
relacionan en la tabla adjunta. Se han señalado con una «X» aquellas Administraciones
Públicas y personas interesadas que han emitido respuesta.
LISTADO DE CONSULTADOS
RESPUESTAS
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
-
DG de Política Forestal
-
Servicio de Ordenación del Territorio
-