Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062064)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo".
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NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023

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3. Se considerarán, como horas extraordinarias de ejecución obligatoria para las personas
trabajadoras las siguientes:
a) Circunstancias de fuerza mayor que afecten al servicio.
b) Averías o daños extraordinarios que requieran reparaciones urgentes, u otras análogas
que, por su trascendencia en el funcionamiento del servicio, sean inaplazables.
c) Otras circunstancias de carácter estructural derivada de los fenómenos atmosféricos
que puedan acontecer durante la campaña de riegos, siempre y cuando no puedan
ser sustituidas por la utilización de las distintas modalidades de contratación previstas
legalmente.
Artículo 20. Registro de Jornada.
En aplicación del RDL 8/2019, de Medidas Urgentes de Protección Social y de Lucha contra
la Precariedad Laboral en la Jornada de Trabajo, la Comunidad General de Usuarios del Canal
de Montijo establecerá un sistema que permita a las personas trabajadoras afectadas por el
presente convenio, con las particularidades que más adelante se dirán, registrar la jornada
diaria realizada.
Se entenderá por jornada diaria realizada por la persona trabajadora el número total de horas
destinadas por el mismo a la realización de trabajo efectivo, bien se haya producido en el centro de trabajo o fuera del mismo. En el caso de las personas trabajadoras que, usualmente o
con cierta frecuencia, deban prestar servicios en diferentes zonas de canales y/o acequias, el
comienzo y finalización de la jornada se producirá en el lugar donde efectivamente se realiza
el trabajo.
Para el cómputo de la jornada, la persona trabajadora deberá introducir en el medio o sistema proporcionado por la Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo, las horas de
entrada y salida al trabajo en ese día.
En el caso de persona trabajadora sometida a un horario determinado y estable de prestación
de servicios, cuando el número de horas de trabajo efectivo que vayan a registrarse excedan
del número de horas que comprende su horario de trabajo, será necesaria la conformidad
escrita por parte del responsable directo de la persona trabajadora.
La obligación de registro de jornada se extiende a todas las personas trabajadoras afectadas
por el presente convenio.
La Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo conservará el registro durante un plazo máximo de 4 años, quedando a disposición del trabajador, así como de su representación.