Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062064)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo".
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NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023

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CAPÍTULO III
Estructura retributiva y régimen económico
Artículo 8. Estructura retributiva.
La estructura retributiva estará constituida por las siguientes retribuciones salariales:
A) Fijas:


a) Salario base.



b) Gratificaciones extraordinarias.

c) Antigüedad.
B) Variables:


a) Plus de nocturnidad.



b) Complemento por guardia.



c) Horas extraordinarias.



d) Dietas y suplidos.

Artículo 9. Salario base.
Se entiende por salario base la parte de retribución de la persona trabajadora fijada por la
unidad de tiempo entre la Comunidad General de Usuarios del Canal de Montijo y la misma,
sin atender a circunstancias personales, de puesto de trabajo, por cantidad o calidad de trabajo, o de vencimiento periódico superior al mes. Las retribuciones de este concepto para cada
grupo profesional, serán las que se establecen en la tabla salarial recogida en el Anexo II.
Artículo 10. Antigüedad.
Por cada año de antigüedad que cumplan las personas trabajadoras incluidas en el presente
convenio percibirán un premio de antigüedad anual por importe de sesenta y cinco euros
(65,00 €) que se abonará prorrateado en las doce mensualidades ordinarias siguientes por
cada año que se cumpla a partir de esta fecha y dicho importe se acumulará al del año anterior.
El personal comprendido en el presente Convenio generará antigüedad desde el 1 de enero
de 2022.