Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023062069)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del IV Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Diam Corchos, SA".
35 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 102
Martes 30 de mayo de 2023

33776

Artículo 35. Plus de retén y/o disponibilidad.
Aquellos trabajadores de la sección de mantenimiento que realicen periodos de guardia durante los fines de semana percibirán un plus por importe de 55,46€ por cada día guardia.
En caso que el trabajador de la sección de mantenimiento tenga que desplazarse a la planta
para realizar alguna actuación durante el periodo de guardia de fin de semana, dicho tiempo
será retribuido como horas extraordinarias.
En cada llamada por cualquier incidente percibirán como mínimo una hora siempre que el
tiempo dedicado a tal incidencia fuera inferior a dicha hora.
Artículo 36. Retribución complementaria de naturaleza variable. Prima de productividad.
1. C
 on la finalidad de compensar adecuadamente un mayor grado de implicación y participación del personal en los resultados y fomentar el desarrollo de valores y comportamientos
coherentes con los objetivos, se establece un sistema de retribución variable basada en
objetivos específicos, medibles, alcanzables, relevantes y temporales (Plan SMART).
2. Este acuerdo tiene como objetivo principal aunar los esfuerzos individuales y colectivos de
la plantilla de la Empresa para conseguir los objetivos de la planta en materia de producción y crecimiento, así como incrementar la motivación de todos y el reconocimiento del
esfuerzo colectivo necesario para aumentar el rendimiento de la Empresa.
3. Uno de los principios rectores y más valiosos del sistema de retribución variable es el mantenimiento y promoción de la seguridad en el trabajo, objetivo orientado a la protección de
los trabajadores durante el ejercicio de funciones propias del puesto de trabajo.
4. Vigencia y ámbito personal: el sistema retributivo que se establece en el presente artículo
tendrá vigencia para los años 2023 y 2024 y resultará de aplicación a la totalidad de las
personas trabajadoras que forman parte de la plantilla de DIAM.
Este sistema de retribución variable sustituye a cualquier otro que con anterioridad se hubiera aplicado en la Empresa.
5. La retribución variable se abonará con carácter semestral, en el mes de septiembre y marzo de cada ejercicio, con un máximo anual de 600 euros. A este respecto, se entenderá por
año el ejercicio económico de la Empresa que trascurre de abril a marzo.
6. Indicadores: dicha retribución variable pivotará sobre cuatro indicadores que afectarán al
cálculo de la prima: seguridad, calidad, productividad y absentismo personal: