Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Comunidades De Regantes. Ayudas. (2023040090)
Decreto 48/2023, de 10 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para la mejora de la gestión integral de las Comunidades de Regantes de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 100
Viernes 26 de mayo de 2023
33011
de una forma estable, organizadas democráticamente, sin ánimo de lucro e independientes, habiendo de cumplir, sin excepción, las características que las definen, reguladas por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de asociación.
c) Federación de Comunidades de Regantes: Es una asociación sin ánimo de lucro e independiente políticamente que defiende los intereses de las comunidades de regantes que
las integran y que colabora con las distintas administraciones públicas en el diseño de
la política del agua de la Cuenca a la que pertenece.
d) Comunidades de Usuarios de Aguas: Los usuarios del agua y otros bienes del dominio
público hidráulico de una misma toma o concesión deberán constituirse en comunidades de usuarios. Cuando el destino dado a las aguas fuese principalmente el riego, se
denominarán comunidades de regantes. Los estatutos u ordenanzas se redactarán y
aprobarán por los propios usuarios, y deberán ser sometidos, para su aprobación administrativa, al Organismo de Cuenca.
e) Equipo técnico: Personal encargado de dar apoyo técnico al funcionamiento ordinario
de la entidad, velar por la ejecución de las acciones cotidianas para la realización de las
acciones formativas y gestionar los recursos de los que se disponen.
f) Personal de campo especializado: Personas empleadas en la óptima gestión y distribución del agua dentro de la zona regable, así como en la conservación y mantenimiento
de las infraestructuras de la misma.
g) Personal administrativo: Personas empleadas en la administración de una empresa o de
otra entidad. Su tarea consiste en ordenar, organizar y disponer distintos asuntos que
se encuentran bajo su responsabilidad.
h) M
edios materiales: Todos aquellos recursos materiales, es decir, los medios físicos y
concretos que ayuden a conseguir algún objetivo, tales como vehículos de transporte,
mobiliario para la sede social, etc. En consecuencia, todos aquellos recursos imprescindibles y necesarios para la óptima gestión de la Comunidad.
i) Equipamientos informáticos y de comunicación: Conjunto de aparatos electrónicos y
servicios anexos que pueden girar en torno al ordenador personal, incluyendo el propio
ordenador y la comunicación entre ordenadores y los servicios que dichas redes de intercomunicación precisan. En definitiva, lo que el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020 denomina como “Tecnología de la información y comunicaciones
(TIC) que mejoren la gestión del riego o de la Comunidad de Regantes”.
Viernes 26 de mayo de 2023
33011
de una forma estable, organizadas democráticamente, sin ánimo de lucro e independientes, habiendo de cumplir, sin excepción, las características que las definen, reguladas por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de asociación.
c) Federación de Comunidades de Regantes: Es una asociación sin ánimo de lucro e independiente políticamente que defiende los intereses de las comunidades de regantes que
las integran y que colabora con las distintas administraciones públicas en el diseño de
la política del agua de la Cuenca a la que pertenece.
d) Comunidades de Usuarios de Aguas: Los usuarios del agua y otros bienes del dominio
público hidráulico de una misma toma o concesión deberán constituirse en comunidades de usuarios. Cuando el destino dado a las aguas fuese principalmente el riego, se
denominarán comunidades de regantes. Los estatutos u ordenanzas se redactarán y
aprobarán por los propios usuarios, y deberán ser sometidos, para su aprobación administrativa, al Organismo de Cuenca.
e) Equipo técnico: Personal encargado de dar apoyo técnico al funcionamiento ordinario
de la entidad, velar por la ejecución de las acciones cotidianas para la realización de las
acciones formativas y gestionar los recursos de los que se disponen.
f) Personal de campo especializado: Personas empleadas en la óptima gestión y distribución del agua dentro de la zona regable, así como en la conservación y mantenimiento
de las infraestructuras de la misma.
g) Personal administrativo: Personas empleadas en la administración de una empresa o de
otra entidad. Su tarea consiste en ordenar, organizar y disponer distintos asuntos que
se encuentran bajo su responsabilidad.
h) M
edios materiales: Todos aquellos recursos materiales, es decir, los medios físicos y
concretos que ayuden a conseguir algún objetivo, tales como vehículos de transporte,
mobiliario para la sede social, etc. En consecuencia, todos aquellos recursos imprescindibles y necesarios para la óptima gestión de la Comunidad.
i) Equipamientos informáticos y de comunicación: Conjunto de aparatos electrónicos y
servicios anexos que pueden girar en torno al ordenador personal, incluyendo el propio
ordenador y la comunicación entre ordenadores y los servicios que dichas redes de intercomunicación precisan. En definitiva, lo que el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020 denomina como “Tecnología de la información y comunicaciones
(TIC) que mejoren la gestión del riego o de la Comunidad de Regantes”.