Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Comunidades De Regantes. Ayudas. (2023040090)
Decreto 48/2023, de 10 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para la mejora de la gestión integral de las Comunidades de Regantes de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 100
Viernes 26 de mayo de 2023

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1. Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando
aquéllas que lo hubieran impedido.
2. Incumplimiento total o parcial del objetivo del proyecto que fundamenta la concesión de
la subvención.
3. El incumplimiento de las condiciones y obligaciones establecidas en el presente decreto,
en concreto las condiciones de elegibilidad del artículo 5 y las reflejadas en la resolución
de concesión.
4. Los cambios en el tipo de inversiones llevadas a cabo, sin la correspondiente autorización
previa del órgano gestor de la ayuda.
5. I ncumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente, en los términos establecidos en el artículo 35 de la Ley 6/2011.
6. Oponerse u obstaculizar las actuaciones de comprobación y control a efectuar por el órgano
concedente u otro órgano de control financiero, así como no aportar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, al
menos durante los cinco años siguientes al último pago que pudieran serle requeridos en
el ejercicio de las actuaciones anteriores.
7. No comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos
o recursos que financien las actividades subvencionadas.
8. No adoptar las medidas de información y publicidad contempladas en el apartado 2 del
Anexo III del Reglamento (CE) n.º 808/2014, de la Comisión de 17 de julio, por el que se
establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1305/2013 y el Decreto
50/2001 (DOE n.º 42, de 10 de abril de 2001).
9. Incumplimiento de los compromisos, que han de mantenerse durante los cinco años siguientes a la certificación de realización de inversiones.
10. No llevar un sistema de contabilidad separado con un código contable adecuado para todas las transacciones relativas a la operación.
11. Cualesquiera otras que vengan establecidas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.