Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2023061939)
Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Consejera, por la que se convoca el procedimiento de admisión de personas adultas para cursar ciclos formativos de grado básico, del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso escolar 2023/2024.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 98
Miércoles 24 de mayo de 2023
32427
b) Para quienes acrediten disponer de un contrato para la formación y el aprendizaje en
vigor, copia simple, copia auténtica de este o copia con código seguro de verificación.
3. C
riterios de baremación establecidos en el anexo IV.
a) Certificación académica. Conforme al artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, salvo que la persona solicitante se oponga debiendo para ello marcar la casilla
correspondiente en el formulario de solicitud, el órgano gestor consultará o recabará
la información académica en el sistema de Gestión Rayuela, en el caso que dichos estudios se hubiesen obtenido o superados en centros sostenidos con fondos públicos de
Extremadura en el año 2008 o siguientes. En caso contrario deberá aportar certificación
académica completa de los estudios realizados.
b) Acreditación de la experiencia laboral. Se realizará aportando uno de los siguientes documentos:
• Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad laboral
a la que estuviera afiliado el solicitante, donde conste la empresa, la categoría laboral
(grupo de cotización) y el período de contratación o, en su caso, el período de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
• Certificado de la empresa donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de
tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. En el caso de personas trabajadoras
por cuenta propia, certificación del alta en el Impuesto de Actividades Económicas y
justificantes de pago de dicho impuesto.
c) En su caso, documentación que acredite estar en posesión de los méritos alegados para
su oportuna valoración en la solicitud de admisión según lo establecido en el anexo IV
de esta resolución.
Decimoctavo. Procedimiento de adjudicación ordinario de puestos escolares.
1. E
n los centros donde existan más puestos escolares vacantes que solicitudes presentadas,
los equipos directivos adjudicarán y harán públicos, en los correspondientes tablones de
anuncios, los listados de alumnos admitidos.
2. E
n los centros donde existan más solicitudes presentadas que puestos escolares vacantes,
los equipos directivos, bajo la supervisión de la Comisión de Escolarización, realizarán el
siguiente procedimiento de adjudicación:
a) A los efectos de establecer un orden de adjudicación, los participantes serán baremados conforme a los criterios de valoración establecidos en el anexo IV de la presente
Miércoles 24 de mayo de 2023
32427
b) Para quienes acrediten disponer de un contrato para la formación y el aprendizaje en
vigor, copia simple, copia auténtica de este o copia con código seguro de verificación.
3. C
riterios de baremación establecidos en el anexo IV.
a) Certificación académica. Conforme al artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, salvo que la persona solicitante se oponga debiendo para ello marcar la casilla
correspondiente en el formulario de solicitud, el órgano gestor consultará o recabará
la información académica en el sistema de Gestión Rayuela, en el caso que dichos estudios se hubiesen obtenido o superados en centros sostenidos con fondos públicos de
Extremadura en el año 2008 o siguientes. En caso contrario deberá aportar certificación
académica completa de los estudios realizados.
b) Acreditación de la experiencia laboral. Se realizará aportando uno de los siguientes documentos:
• Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad laboral
a la que estuviera afiliado el solicitante, donde conste la empresa, la categoría laboral
(grupo de cotización) y el período de contratación o, en su caso, el período de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
• Certificado de la empresa donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de
tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. En el caso de personas trabajadoras
por cuenta propia, certificación del alta en el Impuesto de Actividades Económicas y
justificantes de pago de dicho impuesto.
c) En su caso, documentación que acredite estar en posesión de los méritos alegados para
su oportuna valoración en la solicitud de admisión según lo establecido en el anexo IV
de esta resolución.
Decimoctavo. Procedimiento de adjudicación ordinario de puestos escolares.
1. E
n los centros donde existan más puestos escolares vacantes que solicitudes presentadas,
los equipos directivos adjudicarán y harán públicos, en los correspondientes tablones de
anuncios, los listados de alumnos admitidos.
2. E
n los centros donde existan más solicitudes presentadas que puestos escolares vacantes,
los equipos directivos, bajo la supervisión de la Comisión de Escolarización, realizarán el
siguiente procedimiento de adjudicación:
a) A los efectos de establecer un orden de adjudicación, los participantes serán baremados conforme a los criterios de valoración establecidos en el anexo IV de la presente