Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2023061939)
Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Consejera, por la que se convoca el procedimiento de admisión de personas adultas para cursar ciclos formativos de grado básico, del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso escolar 2023/2024.
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NÚMERO 98
Miércoles 24 de mayo de 2023

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resolución. La publicación de los listados provisionales de baremación, así como el período de reclamación y puntuación definitiva de la baremación se realizará en las fechas
indicadas en el calendario de actuaciones establecido en el anexo I de esta resolución
conforme al modelo indicado en el anexo V.
b) En este proceso los deportistas que sigan programas deportivos de alto rendimiento y
soliciten cursar un ciclo formativo de grado básico tendrán prioridad para ser admitidos,
tal y como indica el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto
nivel y rendimiento, en su artículo 9.6.
c) Si se produjeran empates en la baremación, se resolverán en atención a la resolución de
16 de marzo de 2023, de la Dirección General de Función Pública por la que se da publicidad al resultado del sorteo público para determinar el orden de actuación y prelación
de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2023. De
este modo, los solicitantes empatados se ordenarán alfabéticamente a partir de la letra
extraída para el primer apellido, que para el presente año ha sido la letra “G”.
d) En base a la puntuación obtenida por cada participante y de los puestos escolares vacantes, se procederá a la adjudicación de los ámbitos, y dentro del ámbito profesional
de algún o alguno de los módulos profesionales que lo contiene, solicitados por el mismo. La publicación de los listados provisionales de admitidos, y excluidos, el período
de reclamación a estos listados, así como la publicación listados definitivos se harán en
las fechas indicadas en el calendario de actuaciones establecido en el anexo I de esta
resolución, conforme a los modelos establecidos en los anexos VI y VII.
e) E
 n caso de coincidir más de una persona que acrediten discapacidad, o que estén en posesión de un contrato para la formación o aprendizaje, se adjudicará la correspondiente
plaza de reserva a aquélla que haya obtenido una mejor puntuación en el proceso de
baremación.
f) Se arbitrará un plazo de reclamaciones de las listas provisionales no inferior a 48 horas,
para lo que se presentará modelo establecido en el anexo VIII.
g) Resueltas por la Comisión de Escolarización las reclamaciones a las listas provisionales, se harán públicos los listados definitivos en el tablón de anuncios del centro
correspondiente.
h) A
 demás, se generará una lista de espera conforme lo establecido en el resuelvo vigésimo primero de esta resolución, que permitirá ordenar el llamamiento que los centros
educativos han de realizar en el caso de producirse vacantes. Formarán parte de las
listas de espera, los aspirantes que no hayan obtenido plaza en la adjudicación.