Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Residencias Universitarias. (2023050134)
Orden de 16 de mayo de 2023 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2023/2024.
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NÚMERO 98
Miércoles 24 de mayo de 2023
32308
e Investigación, otro del Servicio de Formación Profesional Reglada, los Directores de las Residencias Universitarias y un funcionario adscrito al Servicio de Universidad e Investigación,
que actuará además como Secretario.
La citada Comisión de Selección resolverá, asimismo, sobre todas aquellas interpretaciones
que no estén expresamente reguladas en la presente orden y que trasciendan las competencias otorgadas a los directores y directoras de las Residencias Universitarias de la Junta de
Extremadura en la Orden de 30 de noviembre de 2017 por la que se aprueba su Reglamento
de régimen interno.
Artículo 14. Resolución.
1. La Comisión de Selección resolverá sobre las peticiones presentadas, publicando la relación de
solicitantes, numerados por orden de mayor a menor puntuación total, en la página web de las
residencias universitarias de la Junta de Extremadura ( http://residencias.educarex.es ) y en
sus tablones de anuncios, antes del día 31 de julio de 2023.
2. La relación de solicitantes se actualizará de forma continuada una vez publicada la relación
de solicitantes, por cuanto las previsibles renuncias y desistimientos generan vacantes.
3. Independientemente del lugar que ocupen en la citada relación, aquellos solicitantes que
no dispusieran de matrícula de estudios durante el periodo contemplado para formalizar
la adjudicación de plaza, en caso de obtenerla con posterioridad y mantener el interés por
acceder a una plaza, desde la citada secretaría se les informará del procedimiento a seguir
si efectivamente hubiera vacantes, y deberán remitir la acreditación correspondiente a la
secretaría de la residencia solicitada.
Estas plazas vacantes serán adjudicadas por la dirección de la residencia universitaria, respetando , en todo caso, en primer lugar, el orden establecido en la lista de reserva y una
vez se finalice con dicha lista de reserva, a petición expresa de los interesados, siguiendo
el orden de entrada de la solicitud.
4. Contra el acuerdo adoptado cabrá recurso de alzada ante el titular de la Consejería de
Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución.
Artículo 15. Requisitos para formalizar la adjudicación de plaza.
Una vez publicada la relación de solicitantes establecida en el artículo anterior, todos los admitidos procederán a formalizar su derecho a la plaza de acuerdo con las instrucciones que
se les mandarán al correo electrónico señalado en la solicitud, con los siguientes requisitos:
Miércoles 24 de mayo de 2023
32308
e Investigación, otro del Servicio de Formación Profesional Reglada, los Directores de las Residencias Universitarias y un funcionario adscrito al Servicio de Universidad e Investigación,
que actuará además como Secretario.
La citada Comisión de Selección resolverá, asimismo, sobre todas aquellas interpretaciones
que no estén expresamente reguladas en la presente orden y que trasciendan las competencias otorgadas a los directores y directoras de las Residencias Universitarias de la Junta de
Extremadura en la Orden de 30 de noviembre de 2017 por la que se aprueba su Reglamento
de régimen interno.
Artículo 14. Resolución.
1. La Comisión de Selección resolverá sobre las peticiones presentadas, publicando la relación de
solicitantes, numerados por orden de mayor a menor puntuación total, en la página web de las
residencias universitarias de la Junta de Extremadura ( http://residencias.educarex.es ) y en
sus tablones de anuncios, antes del día 31 de julio de 2023.
2. La relación de solicitantes se actualizará de forma continuada una vez publicada la relación
de solicitantes, por cuanto las previsibles renuncias y desistimientos generan vacantes.
3. Independientemente del lugar que ocupen en la citada relación, aquellos solicitantes que
no dispusieran de matrícula de estudios durante el periodo contemplado para formalizar
la adjudicación de plaza, en caso de obtenerla con posterioridad y mantener el interés por
acceder a una plaza, desde la citada secretaría se les informará del procedimiento a seguir
si efectivamente hubiera vacantes, y deberán remitir la acreditación correspondiente a la
secretaría de la residencia solicitada.
Estas plazas vacantes serán adjudicadas por la dirección de la residencia universitaria, respetando , en todo caso, en primer lugar, el orden establecido en la lista de reserva y una
vez se finalice con dicha lista de reserva, a petición expresa de los interesados, siguiendo
el orden de entrada de la solicitud.
4. Contra el acuerdo adoptado cabrá recurso de alzada ante el titular de la Consejería de
Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución.
Artículo 15. Requisitos para formalizar la adjudicación de plaza.
Una vez publicada la relación de solicitantes establecida en el artículo anterior, todos los admitidos procederán a formalizar su derecho a la plaza de acuerdo con las instrucciones que
se les mandarán al correo electrónico señalado en la solicitud, con los siguientes requisitos: