Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Residencias Universitarias. (2023050134)
Orden de 16 de mayo de 2023 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2023/2024.
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NÚMERO 98

32307

Miércoles 24 de mayo de 2023



En este sentido, siempre que hayan sido programadas y realizadas, la asistencia a cada
una de las actividades voluntarias se valorará con 0,5 puntos. Aquellos residentes que
no hubieran realizado las actividades obligatorias determinadas por la dirección de
cada residencia universitaria no podrán obtener plaza en la presente convocatoria.



• Hasta un máximo de 4 puntos según la siguiente tabla que recoge el porcentaje de asignaturas/créditos superadas en durante el curso y que valora el rendimiento académico:
%

PUNTOS

70-74 %

1

75-79 %

2

80-85 %

3

>85 %

4

— En cualquier caso, la renovación de la permanencia queda condicionada a que el residente objeto de valoración no haya sido sancionado por el Consejo de Dirección de la
residencia correspondiente, en el ejercicio de su función disciplinaria y de acuerdo con
lo dispuesto en el reglamento de régimen interno de las residencias universitarias, por
la comisión de falta muy grave o grave, durante el curso académico anterior al de la
presente convocatoria.
3. En el caso de que varios solicitantes tuvieran la misma puntuación total, se establecen
los siguientes criterios de desempate: en primer lugar, la renta per cápita de la unidad
familiar; en segundo lugar, la puntuación académica; y en último lugar, el compromiso del
residente con las actividades residenciales del curso anterior y, en caso de que sean nuevos
residentes, la fecha de registro de entrada administrativa de la solicitud.
Artículo 12. Revocación.
La adjudicación de plaza de residente podrá ser revocada en caso de constatarse que, en esta
o anteriores convocatorias, el solicitante incurrió en ocultación o falseamiento de los datos
económicos o académicos aportados, ya sea en la solitud o en la documentación adjunta, todo
ello sin perjuicio de otras responsabilidades a las que hubiere lugar.
Artículo 13. Comisión de Selección.
Para la selección de los residentes y la correspondiente adjudicación de las plazas, se constituirá una Comisión de Selección presidida por el Director General de Política Universitaria o
persona en quien delegue, actuando como vocales un funcionario del Servicio de Universidad