Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Residencias Universitarias. (2023050134)
Orden de 16 de mayo de 2023 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2023/2024.
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NÚMERO 98
32309
Miércoles 24 de mayo de 2023
1. Remitir a la secretaría de la residencia correspondiente, tanto la acreditación de haber
obtenido la matrícula en los estudios que otorgan derecho a la solicitud de plaza como el
justificante de pago (modelo 050, con código 141023) correspondiente a la primera mensualidad (mes de septiembre) o documento que acredite la exención o suspensión, en el
plazo de 10 días naturales desde la adjudicación de plaza.
2. F
irmar una declaración en la que manifiesten conocer y respetar lo dispuesto en el Reglamento de Régimen Interno de las Residencias Universitarias de la Junta de Extremadura,
aprobado por Orden de 30 de noviembre de 2017 (DOE núm. 239, de 15 de diciembre de
2017).
3. Adquirir el compromiso de participar activamente en las actividades sociales y/o deportivas
que se impulsen durante el año académico por la dirección de las respectivas residencias,
las obligatorias y el porcentaje de voluntarias que se indican, en anexo, de forma que la
participación en esas actividades servirá para cómputo en la adjudicación de las plazas
residenciales que cada año se realice.
Disposición final primera. Autorización.
Se faculta al Director General de Política Universitaria para dictar cuantos actos sean necesarios para la ejecución y desarrollo de la presente orden.
Disposición final segunda. Eficacia y recursos.
1. La presente convocatoria surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
2. Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía, Ciencia y Agenda
Digital, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura. Podrán también interponer directamente, en el plazo de dos
meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
Todo ello, sin perjuicio de que la persona interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso
que estime procedente.
Mérida, 16 de mayo de 2023.
El Consejero de Economía, Ciencia y
Agenda Digital,
RAFAEL ESPAÑA SANTAMARÍA
32309
Miércoles 24 de mayo de 2023
1. Remitir a la secretaría de la residencia correspondiente, tanto la acreditación de haber
obtenido la matrícula en los estudios que otorgan derecho a la solicitud de plaza como el
justificante de pago (modelo 050, con código 141023) correspondiente a la primera mensualidad (mes de septiembre) o documento que acredite la exención o suspensión, en el
plazo de 10 días naturales desde la adjudicación de plaza.
2. F
irmar una declaración en la que manifiesten conocer y respetar lo dispuesto en el Reglamento de Régimen Interno de las Residencias Universitarias de la Junta de Extremadura,
aprobado por Orden de 30 de noviembre de 2017 (DOE núm. 239, de 15 de diciembre de
2017).
3. Adquirir el compromiso de participar activamente en las actividades sociales y/o deportivas
que se impulsen durante el año académico por la dirección de las respectivas residencias,
las obligatorias y el porcentaje de voluntarias que se indican, en anexo, de forma que la
participación en esas actividades servirá para cómputo en la adjudicación de las plazas
residenciales que cada año se realice.
Disposición final primera. Autorización.
Se faculta al Director General de Política Universitaria para dictar cuantos actos sean necesarios para la ejecución y desarrollo de la presente orden.
Disposición final segunda. Eficacia y recursos.
1. La presente convocatoria surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
2. Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía, Ciencia y Agenda
Digital, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura. Podrán también interponer directamente, en el plazo de dos
meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
Todo ello, sin perjuicio de que la persona interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso
que estime procedente.
Mérida, 16 de mayo de 2023.
El Consejero de Economía, Ciencia y
Agenda Digital,
RAFAEL ESPAÑA SANTAMARÍA