Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Residencias Universitarias. (2023050134)
Orden de 16 de mayo de 2023 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2023/2024.
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NÚMERO 98
Miércoles 24 de mayo de 2023

32303

regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se formulen a través de las oficinas de
Correos se presentarán en sobre abierto, al objeto de que en las mismas se haga constar
por el responsable la fecha de presentación.
Asimismo, en caso de presentación electrónica en alguno de los Registros electrónicos
previstos en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados deberán disponer,
para la autenticación y para la firma electrónica de las solicitudes, de DNI electrónico o de
certificado electrónico en vigor y, si no dispone de ellos, obtenerlos a partir de los siguientes enlaces:


https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009



http://www.cert.fnmt.es/”

3. Para efectuar consultas a través de la aplicación telemática de presentación de solicitudes,
es preciso disponer de la clave personal que se facilita al cumplimentar la solicitud.
4. La persona solicitante deberá aportar, junto con la solicitud, copia auténtica de la siguiente
documentación:
a. Certificado acreditativo del nivel de renta de todos los miembros de la unidad familiar
que sean mayores de edad y convivan en el mismo domicilio, referido al ejercicio fiscal
2021, salvo que, el interesado autorice expresamente a que el órgano gestor consulte
de oficio estos datos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), a cuyo
efecto deberá marcar la casilla correspondiente del anexo V de solicitud.
b. Documento acreditativo de la percepción de ingresos exentos del Impuesto de la Renta
de las Personas Físicas (pensiones, indemnizaciones por despido, etc.) o no declarados
en razón de cuantía, referidos al mismo ejercicio fiscal.
c. En los casos en los que se alegue independencia familiar y económica, cualquiera que
sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente esta circunstancia, los medios
económicos con los que cuenta y la titularidad o el alquiler de su domicilio. En caso contrario, y siempre que los ingresos acreditados resulten inferiores a los gastos soportados
en concepto de vivienda y otros gastos considerados indispensables, se entenderá no
probada la independencia.