Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Residencias Universitarias. (2023050134)
Orden de 16 de mayo de 2023 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2023/2024.
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NÚMERO 98
Miércoles 24 de mayo de 2023
32304
d. C
ertificado de convivencia expedido por el Ayuntamiento de la localidad de residencia
especificando el número de miembros de la unidad familiar que convive en ese domicilio.
e. En su caso, certificación, emitida de oficio, por la dirección de la residencia universitaria
correspondiente, en relación al grado de participación en las actividades obligatorias y
voluntarias realizadas por cada solicitante.
f. D
ocumentación académica:
— Para el alumnado que inicia estudios universitarios, certificado académico expedido
por la autoridad académica correspondiente y referido al último curso completo realizado que otorga el derecho de acceso a la universidad.
— Para el alumnado procedente de la Universidad de Extremadura, certificado académico de ésta referido al último curso. Dicho certificado podrá ser recabado de oficio,
como órgano gestor, por la Dirección General de Política Universitaria, salvo que la
persona interesada exprese su negativa marcando la casilla habilitada al efecto en el
anexo de la solicitud; en tal caso, deberá recabarlo “motu proprio” y aportarlo junto
al resto de documentación requerida.
— Para el alumnado que vaya a iniciar estudios de máster en la Universidad de Extremadura, deberá presentar solicitud acompañada del expediente académico completo
de los estudios de grado realizados.
— Para el alumnado que proceda de otras universidades, certificado académico expedido por la autoridad académica correspondiente y referido al último curso realizado.
— Para el alumnado que inicie Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional o Enseñanzas de Régimen Especial, certificado académico expedido por la
autoridad académica correspondiente que acredite haber finalizado el bachillerato o
haber superado la prueba de acceso que otorga derecho de admisión, según proceda.
— Para el alumnado que ya hubiera iniciado Ciclos Formativos de Grado Superior de
Formación Profesional o Enseñanzas de Régimen Especial, certificado académico expedido por la autoridad académica correspondiente que acredite la promoción de
curso.
— Para el alumnado que inicie un Curso de Especialización de Formación Profesional,
deberá aportar el expediente académico completo del Ciclo formativo de Grado Superior realizado.
Miércoles 24 de mayo de 2023
32304
d. C
ertificado de convivencia expedido por el Ayuntamiento de la localidad de residencia
especificando el número de miembros de la unidad familiar que convive en ese domicilio.
e. En su caso, certificación, emitida de oficio, por la dirección de la residencia universitaria
correspondiente, en relación al grado de participación en las actividades obligatorias y
voluntarias realizadas por cada solicitante.
f. D
ocumentación académica:
— Para el alumnado que inicia estudios universitarios, certificado académico expedido
por la autoridad académica correspondiente y referido al último curso completo realizado que otorga el derecho de acceso a la universidad.
— Para el alumnado procedente de la Universidad de Extremadura, certificado académico de ésta referido al último curso. Dicho certificado podrá ser recabado de oficio,
como órgano gestor, por la Dirección General de Política Universitaria, salvo que la
persona interesada exprese su negativa marcando la casilla habilitada al efecto en el
anexo de la solicitud; en tal caso, deberá recabarlo “motu proprio” y aportarlo junto
al resto de documentación requerida.
— Para el alumnado que vaya a iniciar estudios de máster en la Universidad de Extremadura, deberá presentar solicitud acompañada del expediente académico completo
de los estudios de grado realizados.
— Para el alumnado que proceda de otras universidades, certificado académico expedido por la autoridad académica correspondiente y referido al último curso realizado.
— Para el alumnado que inicie Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional o Enseñanzas de Régimen Especial, certificado académico expedido por la
autoridad académica correspondiente que acredite haber finalizado el bachillerato o
haber superado la prueba de acceso que otorga derecho de admisión, según proceda.
— Para el alumnado que ya hubiera iniciado Ciclos Formativos de Grado Superior de
Formación Profesional o Enseñanzas de Régimen Especial, certificado académico expedido por la autoridad académica correspondiente que acredite la promoción de
curso.
— Para el alumnado que inicie un Curso de Especialización de Formación Profesional,
deberá aportar el expediente académico completo del Ciclo formativo de Grado Superior realizado.