Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061962)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Junta de Extremadura a través de la Consejería de Educación y Empleo, y la "organización sindical Unión General de Trabajadores de Extremadura", la "organización sindical CCOO de Extremadura", y la organización empresarial "Confederación Regional Empresarial Extremeña (CREEX)", para la difusión, información y orientación del procedimiento de evaluación y reconocimiento de la cualificación profesional adquirida por la experiencia laboral en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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NÚMERO 97

31889

Martes 23 de mayo de 2023

Sexta. Justificación y pago.
1. L
 as partidas presupuestarias y el crédito presupuestario consignado a la ejecución de las
obligaciones que se deduzcan del cumplimiento de este convenio, son las que se muestran
a continuación:
Aplicación
presupuestaria

Código Proyecto
de Gasto

Fondo

Importe

Año

130030000
G/242B/48000

20220535

MR07C20I01

522.000,00 €

2023

2. L
 a justificación de las actividades que sirve de fundamento para la concesión de esta subvención se efectuará por los siguientes medios:
— Memoria explicativa de las actividades desarrolladas desde la firma del convenio en
ejecución del mismo y con evaluación de resultados obtenidos.
— Memoria económica y cuenta justificativa de los gastos realizados desde su firma en el
marco del convenio, acreditados mediante facturas debidamente cumplimentadas.
— Listado de las personas candidatas inscritas, junto con la declaración responsable firmada por la persona candidata y sellada por la entidad según modelo recogido en el
Anexo I.
3. L
 a aportación de la documentación justificativa de las actividades realizadas y de su justificación económica se realizará por parte de las entidades beneficiarias en los veinte días
siguientes a la finalización de cada uno de los periodos de liquidación incluidos en la cláusula quinta de este convenio.
El incumplimiento de las obligaciones de justificación de las actividades que fundamentan
la subvención supondrá la pérdida de los derechos que se deducen del mismo a favor de
las entidades beneficiarias infractoras, y en su caso, el reintegro de las cantidades libradas
por la Junta de Extremadura, en virtud de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo.
La liquidación y abono de los derechos económicos generados por las entidades beneficiarias contra la administración pública en aplicación de este convenio, se harán efectivas en
el plazo de dos meses siguientes, a partir de la presentación de la documentación justificativa de las actividades realizadas.