Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061911)
Resolución de 15 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Cambio de uso forestal a cultivos agrícolas", cuya promotora es D.ª M.ª Carmen Orellana Montes, en el término municipal de Oliva de Mérida (Badajoz). Expte.: IA22/1251.
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NÚMERO 97
Martes 23 de mayo de 2023



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17.2. Acumular residuos sólidos, escombros o sustancias, cualquiera que sea su
naturaleza y el lugar en que se depositen, que constituyan o puedan constituir
un peligro de contaminación de las aguas o de degradación de su entorno.



17.3. E
 fectuar acciones sobre el medio físico o biológico al agua que constituyan o
puedan constituir una degradación del mismo.



18. T
 al y como se indica en la documentación aportada el cultivo se realizará en régimen de secano. Para el abastecimiento de agua mediante captación de agua
directamente del dominio público hidráulico, deberá contar con la correspondiente
concesión administrativa otorgada por el órgano de cuenca competente.



19. C
 omo medida fitosanitaria y de prevención de incendios forestales, se retirarán o
eliminarán todos los restos vegetales procedentes de la actuación en un plazo no
superior a dos meses desde la finalización de la misma y, en cualquier caso, antes
de la declaración de la época de peligro alto de incendios. Se recomienda evitar la
quema de los restos vegetales y será preferible su triturado e incorporación al terreno, o su utilización para hacer tarameros o majanos. Se recuerda que realización
de quema de restos, trabajos mecanizados y el uso de determinada maquinaria
puede suponer graves riesgos de incendio, por lo que se deben adoptar los medios,
medidas, precauciones generales y limitaciones oportunas; realizando las solicitud,
declaración responsable o comunicación previa correspondiente en función de los
trabajos y la época en base a lo establecido en el Plan INFOEX. Para ampliar información puede consultarse la web https://www.infoex.info/informacion-al-ciudadano/.



20. S
 e evitará la formación de cordones longitudinales con restos de vegetación y tierra. Los restos generados en ningún momento se echarán a los cauces de los arroyos. Se evitará su quema y será preferible su incorporación al terreno por astillado
o triturado.



21. S
 e cumplirán las medidas establecidas en el Decreto 132/2022, de 26 de octubre,
por el que se aprueba el Plan de lucha contra incendios forestales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX), así como lo establecido en el Decreto
260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la prevención de los incendios
forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan PREIFEX), modificado por el Decreto 144/2016, de 6 de septiembre, durante la época de peligro alto
y medio, en la ejecución de trabajos forestales que puedan dar lugar a incendios
forestales, así como cualquier normativa que en desarrollo de las anteriores, limite
o prohíba las actividades en el monte. En concreto, en caso de declararse “peligro
extremo de incendios” cuando las condiciones meteorológicas así lo aconsejen,
podrá ordenarse la paralización de los trabajos.