Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061911)
Resolución de 15 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Cambio de uso forestal a cultivos agrícolas", cuya promotora es D.ª M.ª Carmen Orellana Montes, en el término municipal de Oliva de Mérida (Badajoz). Expte.: IA22/1251.
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NÚMERO 97
Martes 23 de mayo de 2023
32082
7. C
ualquier actuación que se realice en el dominio público hidráulico (DPH), así como
sus zonas de servidumbre y/o policía, deberá contar con la preceptiva autorización
de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
8. D
eberá aplicarse toda la normativa relativa a ruidos tanto en fase de construcción
como de explotación. Se cumplirá la normativa al respecto, entre la que se encuentra
el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones de
Extremadura y la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.
9. L
os residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos
en función de su tipología, clasificación y compatibilidad.
10. E
n el caso de la instalación de cerramientos, se atenderá a lo dispuesto en el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos
en la comunidad autónoma de Extremadura.
11. S
i durante el desarrollo de los trabajos o la actividad se detectara la presencia de
alguna especie de fauna o flora silvestre incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el
Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018,
de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que
se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura), y/o en el
Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal
técnico de la Dirección General de Sostenibilidad y al Agente del Medio Natural de
la zona que darán las indicaciones oportunas.
12. D
e manera previa a la ejecución de las obras, el proyecto de ejecución definitivo
deberá incluir el informe con las medidas determinadas por la Dirección General de
Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural elaboradas a partir de los resultados de
una prospección arqueológica intensiva que será llevada a cabo sobre el área de
explotación. Ésta deberá ser llevada a cabo por técnicos especializados en toda la
zona de afección, así como áreas de servidumbres, zonas de paso para maquinaria,
acopios y préstamos para localizar, delimitar y caracterizar los yacimientos arqueológicos, paleontológicos o elementos etnográficos que pudieran localizarse a tenor
de estos trabajos. La finalidad de estas actuaciones previas será determinar con el
mayor rigor posible la afección del proyecto respecto a los elementos patrimoniales
Martes 23 de mayo de 2023
32082
7. C
ualquier actuación que se realice en el dominio público hidráulico (DPH), así como
sus zonas de servidumbre y/o policía, deberá contar con la preceptiva autorización
de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
8. D
eberá aplicarse toda la normativa relativa a ruidos tanto en fase de construcción
como de explotación. Se cumplirá la normativa al respecto, entre la que se encuentra
el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones de
Extremadura y la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.
9. L
os residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos
en función de su tipología, clasificación y compatibilidad.
10. E
n el caso de la instalación de cerramientos, se atenderá a lo dispuesto en el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos
en la comunidad autónoma de Extremadura.
11. S
i durante el desarrollo de los trabajos o la actividad se detectara la presencia de
alguna especie de fauna o flora silvestre incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el
Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018,
de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que
se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura), y/o en el
Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal
técnico de la Dirección General de Sostenibilidad y al Agente del Medio Natural de
la zona que darán las indicaciones oportunas.
12. D
e manera previa a la ejecución de las obras, el proyecto de ejecución definitivo
deberá incluir el informe con las medidas determinadas por la Dirección General de
Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural elaboradas a partir de los resultados de
una prospección arqueológica intensiva que será llevada a cabo sobre el área de
explotación. Ésta deberá ser llevada a cabo por técnicos especializados en toda la
zona de afección, así como áreas de servidumbres, zonas de paso para maquinaria,
acopios y préstamos para localizar, delimitar y caracterizar los yacimientos arqueológicos, paleontológicos o elementos etnográficos que pudieran localizarse a tenor
de estos trabajos. La finalidad de estas actuaciones previas será determinar con el
mayor rigor posible la afección del proyecto respecto a los elementos patrimoniales